Boletín nº 203 (25-10-2011)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Lucena

Nº. 8.795/2011

Intentada la práctica de la notificación dirigida a la entidad Nerja Futuro S.L., y no habiéndose podido llevar a cabo ésta en el último domicilio conocido (Avda. Castilla Pérez Nº 12, en Nerja) e ignorándose el domiicilio actual, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública dicha Notificación:

El Sr. Vicepresidente de la Gerencia de Urbanismo de Lucena, con fecha de hoy, ha dictado el siguiente Decreto:

Por el Servicio de Inspección del Excmo. Ayuntamiento de Lucena se ha puesto de manifiesto, mediante informe fotográfico que consta en el expediente, la existencia de anomalías en el sector de la UE-S14 de Lucena tales como la falta de cierre perimetral de toda la Unidad de Ejecución así como la existencia de puntos de recogida de residuos sólidos urbanos soterrados sin concluir careciendo del necesario cierre de seguridad.

Dicha Unidad de Ejecución cuenta con aprobación definitiva de proyecto de urbanización por Decreto de Alcaldía de fecha 17 de marzo de 2005, sin que conste la recepción de las obras de urbanización en curso.

A su vista, así como a la de los artículos 153 y siguientes de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; así como del art. 193 y concordantes en cuanto a las personas responsables de las posibles infracciones urbanísticas, y en uso de las atribuciones conferidas por los vigentes Estatutos de la Gerencia de Urbanismo de Lucena, por este mi Decreto

Vengo en disponer

Ordenar a : Prodelu Promociones, S.L., Nerja Futuro, S.L., don Francisco de Asís Muñoz Manjón-Cabeza, Dª Carmen Amalia Muñoz Manjón-Cabeza, en su condición de promotores; a Dª Gracia Pedrosa Montes, en su condición de directora técnica de las obras de urbanización; y a la entidad Fergar Contratas, S.L., en su condición de contratista de las mismas la ejecución, con carácter solidario entre los tres grupos de agentes intervinientes en el proceso urbanizador, las siguientes obras:

Primero: El vallado completo de la totalidad del perímetro de la Unidad de Ejecución S-14 del Plan General de Ordenación Urbanística de Lucena, estableciéndose un plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación del presente.

Segundo: La limpieza, vallado y protección de los fosos destinados a recibir los contenedores de residuos sólidos urbanos existentes en la totalidad de dicha Unidad de Ejecución de manera que quede suficientemente garantizada la seguridad de las personas y cosas, estableciéndose un plazo de cinco días a partir de la recepción de la notificación del presente.

Tercero: Advertir que el incumplimiento de lo ordenado daría lugar a la ejecución subsidiaria por parte de esta Administración, con cargo a promotores, dirección técnica y contrata, con carácter solidario, dejando formulado en este mismo acto el apercibimiento previo a la ejecución forzosa a que se refiere los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por el Servicio de de Inspección se reiterarán frecuentes visitas de inspección para mantener actualizada la información del expediente acerca del cumplimiento de lo ordenado y de cuantos otros extremos o incidencias sean de aplicación al caso.

Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra esta Resolución podrá interponer Recurso de Reposición, en el plazo de un un mes, contado a partir del siguiente día a aquél en que le sea notificada, de conformidad con lo previsto en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Caso de no haberse interpuesto previamente el Recurso de Reposición, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo que podrá formular ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a tenor de lo establecido en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se le practique la presente notificación.

Conforme establece el art. 116.2 de la mencionada Ley 30/92, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de Reposición, caso de que éste último se haya interpuesto.

Lucena, 4 de octubre de 2011.- El Vicepresidente, Miguel Villa Luque.

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