Boletín nº 215 (10-11-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Jaén
Nº. 9.534/2011
Doña María Asunción Sáiz de Marco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Jaén, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 424/2010 a instancia de la parte actora Dª Rosario García Quesada contra Promarsal Andalucía S.L. y Empresa Marlina S.L. sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Sentencia núm. 382/11
En la ciudad de Jaén a 25 de octubre de 2011.
Vistos en juicio oral y público por la Iltma. Sra. Dª Francisca Martínez Molina, Magistrada del Juzgado de lo Social Número Uno de Jaén, los presentes autos número 424/11 sobre reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado a instancia de doña Rosario García Quesada, representada por la letrada doña Remedios Miralles Álamo frente a Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L. que no comparecen estando citadas, con citación de Fogasa que no comparece, se procede, en nombre de S.M. El Rey, a dictar la presente resolución.
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Rosario García Quesada frente a las empresas Marlina S.L. y Promarsal Andalucía S.L. debo condenar y condeno solidariamente a las empresas a pagar a la actora la cantidad de 51253 euros más el interés del 10% anual de dichas cantidades.
Sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder al Fondo de Garantía Salarial, de acuerdo con lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que habrá de anunciarse en este Juzgado con cumplimiento de los requisitos formales previstos en la LPL.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Promarsal Andalucía S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOP, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que revistan forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 27 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.