Boletín nº 227 (28-11-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Espejo

Nº. 9.879/2011

Don Francisco Antonio Medina Raso Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Espejo, hace público a los efectos prevenidos en los artículos 107.1, 111 de la Ley 7/85 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 17.4 de la R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo de modificación, de la ordenanza fiscal, Ordenanza Fiscal Nº 23 reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Relativos a Actuaciones Urbanísticas, elevado a definitivo, al no haberse presentado reclamaciones al acuerdo inicial, adoptado por el Pleno en sesión celebrada el 26 de julio de 2011, se inserta a continuación el texto íntegro de los artículos modificados de dicha ordenanza. 

Artículo 5.- base imponible y cuota tributaria

1. La base imponible de esta Tasa en las Licencias Urbanísticas comprendidas en los apartados 2a), 2b), 2c) Y 2d del artículo 2, estará constituida por el coste real y efectivo de la construcción instalación u obra.

2.- La cuota tributaria será, en cada caso, la siguiente:

Las licencias urbanísticas de nueva planta, ampliación, modificación o reforma de edificios o instalaciones existentes, usos y obras provisionales, instalación de servicios Públicos, demolición y obras de urbanización que no estén incluidas en un Proyecto de Urbanización.

Presupuesto obra hasta 9.000 €: 1%

Presupuesto obra más 9.000 hasta 60.000 €: 1,50%

Presupuesto obra más de 60.000 hasta 120.000 €: 1,75%

Presupuesto obra más de 120.000 €: 2,60%

Cambio de titularidad o prórroga de la licencia concedida: 50 €

Licencia de parcelación, división, segregación o agregación Suelo No Urbanizable: 150,00 €

Suelo Urbano o Edificios: 150,00 €

Licencia de primera ocupación o utilización

Por cada vivienda: 150 €

Por cada local de otros usos: 150 €

Por otras licencias de primera utilización o puesta en funcionamiento: 150 €

Tramitación de documentos de planeamiento

Tramitación de documentos de planeamiento (planes Parciales, Especiales etc).

Tramitación de Estudio de Detalles

Tramitación de documentos de gestión Urbanística (Programas, Proyectos de Reparcelación, etc) y Proyectos de Urbanización

(siendo N el número de propietarios incluidos en el ámbito afectado)

1803,04+(30,05) x N

Señalamiento de alineaciones y rasantes: 120,20 €

Declaración de innecesariedad de la licencia (siendo N el número de parcelas resultantes): 300+(300xN)

Las modificaciones que se insertan entrarán en vigor el día 1 de enero de 2012, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. 

Contra el expediente instruido, podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Espejo a 7 de noviembre de 2011.- El Alcalde, Fdo. Francisco Antonio Medina Raso.

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