Boletín nº 1 (03-01-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 10.823/2011

Por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento en sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2011, se adoptó el siguiente acuerdo:

7.- Pieza separada de justiprecio de la finca registral 582 de D. Pedro Cabrera Ramos y Dª Leonor Mazuelas Calero; expropiación para llevar a cabo las obras del proyecto de ejecución y reparación del Muro Antón de Montoro.- Conocían los Sres concejales los antecedentes de este asunto:

1º.- Por acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Montoro en sesión ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2011, se declaró la utilidad pública y/o interés social para llevar a cabo la citada expropiación, así como la necesidad de ocupación de las fincas que en dicho acuerdo se especificaban para llevar a cabo el proyecto de Reparación de Muro existente en Calle Antón de Montoro. Este acuerdo fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia nº 53 de 18 de marzo de 2011 y Diario Córdoba de fecha 18 de marzo de 2011 y en tablón de edictos de este Ayuntamiento, y fue aprobada de forma definitiva la relación concreta de Bienes y Derechos de necesaria ocupación, así como la designación nominal de los interesados con los que habían de entenderse los sucesivos trámites en este expediente de expropiación por acuerdo Plenario adoptado en sesión ordinaria celebrada el 25 de julio de 2011, según a continuación se describe:

Finca Registral.- Nº 582, Tomo 222 Libro 135 Folio 55 Inscripción 14.

Casa sita en Calle Reforma nº 6, superficie no consta, lindado a la derecha con la numero 4 de Francisco López, Izquierda con la numero ocho de Pedro Cerezo Rodríguez y fondo con terrenos del Estado.

Titulares Registrales.- Don Pedro Cabrera Ramos y Doña Leonor Mazuelas Calero.

Datos Catastrales.- No Constan.

2º.- Con fecha 07/04/2011 se emitió informe por la Policía Local donde se hacía constar que D. Pedro Cabrera Ramos y Doña Leonor Mazuelas Calero, según las gestiones realizadas, habían fallecido, desconociéndose quienes pudieran ser sus descendientes o posibles herederos.

3º.- Por Don Martín Martínez Vilchez se formuló alegaciones al acuerdo plenario de 23 de febrero de 2011 en calidad, dijo, de propietario de la finca registral 582, alegación que fue desestimada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 25 de julio de 2.011, al no acreditar que ningún derecho sobre la citada finca.

4º.- Al amparo de lo previsto en el artº. 5 de la Ley de Expropiación Forzosa y al objeto de garantizar los derechos que se derivasen de este expediente al ser desconocidos sus titulares fue notificado el Ministerio Fiscal y con fecha 6 de septiembre se recibió su respuesta, en la que se reiteró sobre otra anterior de 5 de agosto por la que rechazaba la representación de la mencionada finca registral 582, objeto de expropiación, por lo que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 29 de septiembre de 2011 acordó tramitar pieza separada para la fijación del justo precio, con notificación a través de edictos en el BOP y en el Tablón de anuncios municipal, así como en el diario Córdoba, habiéndose publicado en el BOP nº 198 de 17 de octubre y en el Diario Córdoba de 21 de octubre de 2011 que la valoración de esta finca para alcanzar el mutuo acuerdo, según el informe efectuado por el Servicio de Arquitectura y urbanismo Alto Guadalquivir ascendía a la cantidad de diez mil novecientos veinte euros (10.920 €), por lo que quienes pudieran alegar ser propietarios de esta finca podían, en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la última publicación, presentar Hoja de aprecio en la que se concrete el valor que estime del bien avalada por la firma de un perito con título profesional.

Consta certificado expedido por la Secretaria General de este Ayuntamiento con fecha 17 de noviembre en el que se hace constar que no se ha formulado alegación alguna, por lo que no habiéndose rechazado la valoración municipal se considera determinado el justo precio, en votación ordinaria, previo dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos Generales, por unanimidad de los trece Sres. Concejales asistentes, lo que representa la totalidad del número legal de miembros de este órgano se adoptó el siguiente

ACUERDO:

Primero: Dar por concluido el expediente de expropiación forzosa y la pieza separada del justiprecio fijada en la cantidad de diez mil novecientos veinte euros (10.920 €), de la siguiente finca:

Finca Registral.- Nº 582, Tomo 222 Libro 135 Folio 55 Inscripción 14.

Casa sita en Calle Reforma nº 6, superficie no consta, lindado a la derecha con la numero 4 de Francisco López, Izquierda con la numero ocho de Pedro Cerezo Rodríguez y fondo con terrenos del Estado.

Titulares Registrales.- Don Pedro Cabrera Ramos y Doña Leonor Mazuelas Calero.

Datos Catastrales.- no constan.

Segundo: Proceder al Acta de ocupación de la finca y pago al amparo del art. 48.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, y citar a través del Tablón de Edictos de la Corporación a sus titulares para su firma, advirtiéndoles que, llegado el momento del pago solo procederá hacerlo efectivo esta Corporación a aquellos interesados que justifiquen ser titulares registrales de su derecho. Si existiesen cargas deberán comparecer los titulares de las mismas. En caso de no poder concurrir personalmente a estos actos se le insta a que autorice a cualquier persona otorgándole para ello poder bastante, advirtiéndole que en otro caso no se podrá proceder al pago y habrá de consignarse dicho importe en la Caja General de Depósitos.

Tercero: Autorizar al Sr. Alcalde, para que en nombre y representación de esta Corporación, realice la gestiones necesarias y suscriba cuantos documentos fueren precisos en orden al correcto cumplimiento de este acuerdo.

Lo que se publica para general conocimiento.

Montoro, 15 de diciembre de 2011.- El Alcalde, Fdo. Antonio Sánchez Villaverde.

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