Boletín nº 3 (05-01-2012)
II. Administración General del Estado
Ministerio de la
Presidencia
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Nº. 10.869/2011
Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la Resolución de Estimación del Recurso Alzada Renovación Autorización Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Ajena, relativa a la solicitud formulada por el/la ciudadano/a extranjero/a Nour Eddine El Habti, nacional de Marruecos, con NIE X-9086138B, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:
Con fecha 28 de junio de 2011 el Delegado del Gobierno en Andalucía ha dictado la siguiente resolución:
Visto el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Subdelegado del Gobierno de Córdoba que declara el desistimiento y ordena el archivo de la renovación de la autorización de trabajo y residencia solicitada, al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS:
Primero: D. Nour Eddine El Habti solicitó con fecha 14/02/2011, la renovación de una Autorización Residencia Temporal y Trabajo C/A 2 en la Subdelegación del Gobierno de Córdoba.
Segundo: Por resolución de 14/04/2011 de dicha Subdelegación se resolvió declarar el desistimiento tácito de la solicitud y ordenar el archivo del expediente por no atender debidamente el requerimiento de fecha 14/02/2011 en el que se precisa el abono de la tasa devengada código 062 por la tramitación de la autorización administrativa solicitada conforme a la Orden PRE/3/2010, de 11 de enero.
Tercero: Contra la citada resolución, el interesado interpuso recurso de alzada en plazo, formulando las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, corresponde a esta Delegación del Gobierno, como superior jerárquico del órgano administrativo que dictó la resolución recurrida, conocer y resolver el recurso de alzada interpuesto.
Segundo. Los artículos 44 y siguientes de la Ley Orgánica 4/2000, relativos a las tasas por autorizaciones administrativas, establecen que constituye el hecho imponible de las tasas la tramitación de las autorizaciones para residir en España. En el supuesto que nos ocupa, se comprueba el abono de la tasa devengada código 062 mediante copia del modelo de liquidación tributaria remitida por el interesado y, en consecuencia, se tiene por atendido el requerimiento que determinó el archivo de la solicitud.
Lo anterior determina que D. El Habti, Nour Eddine cumple con los requisitos exigidos en el artículo 38 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y el artículos 54 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, para la concesión de la renovación de la residencia y atendiendo a los fundamentos jurídicos e informes que se han tenido en cuenta al dictar la resolución objeto de este recurso, esta Delegación de Gobierno en Andalucía:
Resuelve estimar el Recurso de Alzada y Conceder autorización de residencia temporal y trabajo en los siguientes términos:
Nombre: Nour Eddine El Habti
Nacionalidad: Marruecos
NIE X-086138B
Tipo: Renovación Autorización de Residencia Temporal y Trabajo por cuenta ajena.
VALIDEZ: del 10/04/2011 al 09/04/2013
EXPEDICIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO
Según establece el apartado 8 del artículo 54 del R.D. 2393/2004 el extranjero deberá solicitar personalmente en la Comisaría de Policía correspondiente, la tarjeta de identidad, para lo cual deberá esperar la oportuna citación de dicho organismo, aportando la presente resolución, el pasaporte y dos fotografías tamaño carné.
RENOVACION
La renovación de la autorización concedida deberá formularse durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización. No obstante podrá renovarse, sin perjuicio de las sanciones que procedan, siempre que se solicite durante los tres meses posteriores a la fecha de su expiración, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 54 y 62 del citado Real Decreto.
RECURSOS
Esta Resolución es firme en la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
Córdoba, 14 de julio de 2011. La Jefa de la Dependencia del Área de Trabajo e Inmigración, Rosario Delgado Aguilera. El Secretario General, Fdo. José Antonio Caballero León.