Boletín nº 6 (11-01-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 11.029/2011
Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 602/2011 a instancia de la parte actora D. Jesús Rivera Cabello y Miguel Ángel Aguírrez contra Ribera de Córdoba Restauración S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 12/12/11 del tenor literal siguiente:
Fallo
Estimando las demandas interpuestas por D.
Jesús Ribera Cabello y D. Miguel Ángel Aguírrez
contra la empresa Ribera de Córdoba Restauración
S.L., condeno a la demandada al pago de 9.161,89 € a D.
Jesús Ribera Cabello, y de 7.946,19 € a D. Miguel
Ángel Aguirrez, en concepto de principal, más el
interés correspondiente conforme a lo declarado en el
fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
Incorpórese la presente sentencia al libro
correspondiente, expídase testimonio para su unión a
los autos, y hágase saber a las partes que contra ella
cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de
anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a
contar desde el siguiente al de la notificación de esta
resolución.
Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la
ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el
encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la
presente causa en primera instancia.
Publicación. Dada, leída y publicada ha sido
la anterior sentencia estando celebrando audiencia
pública el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez que la ha dictado,
en el mismo día de su fecha; de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado
Ribera de Córdoba Restauración S.L. actualmente en
paradero desconocido, expido el presente para su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,
con la advertencia de que las siguientes notificaciones se
harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma
de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 19 de diciembre de 2011.- La
Secretaria Judicial, firma ilegible.