Boletín nº 15 (24-01-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Alcaracejos
Nº. 177/2012
Por Acuerdo de Pleno de fecha 23 de diciembre de 2011, se ha aprobado Modificar la Ordenanza Reguladora del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas.
Artículo 6.3, eliminación del segundo párrafo: En el caso de que la adjudicación de la vivienda no se realizara por causas imputables al promotor, el demandante seleccionado tendrá preferencia en la siguiente selección de demandantes.
Artículo 8.1.c, eliminación de: En el caso de las unidades de convivencia se tomará como referencia la antigüedad de la persona que aporte la mayor cuantía de ingresos.
Eliminación de: En caso de empate en la puntuación, prevalecerá la solicitud de la composición familiar con alguna persona que pertenezca a los grupos de especial protección, y de persistir el empate se decidirá por antigüedad en el Registro y en caso de seguir el empate, de forma que los que tengan la misma puntuación sean seleccionados no suplentes, se procederá al sorteo.
Anexo I eliminación del punto 3. Proximidad con la promoción de viviendas.
Anexo I eliminación del punto 5. Pertenencia a alguno de los grupos de especial protección.
Lo que se hace público durante el plazo de treinta días a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en orden a la presentación de reclamaciones que serán resueltas por el Ayuntamiento Pleno, siendo elevada automáticamente a definitiva, si durante el periodo de exposición pública no se presentasen reclamaciones, y que entrará en vigor el día de la publicación de su texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Alcaracejos a 27 de diciembre de 2011.- El Alcalde, firma ilegible.