Boletín nº 15 (24-01-2012)

II. Administración General del Estado

Ministerio de la Presidencia
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 181/2012

Intentada la notificación en el último domicilio conocido del ciudadano extranjero Abdelouahid Kouti, nacional de Marruecos, con NIE X-3286577S, y nº de expte. 140020110003208 sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La Resolución obra en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba.

El objeto de la notificación es una Resolución de la Oficina de Extranjeros que copiada literalmente dice lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1.b) Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, esta Subdelegación en virtud de la competencia atribuida en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto indicado, se resuelve lo siguiente:

Denegar la expedición de la residencia familiar comunitario inicial, al concurrir los motivos que se exponen:

El interesado ha sido objeto de dos condenas penales por la comisión de otros tantos delitos de robo. La primera de ellas con una pena impuesta de doce meses de prisión y utilizando el nombre de Mahmod Salme, fue dictada por el juzgado de lo Penal núm. 7 de Bilbao; por la segunda fue condenado a seis meses de prisión en sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 4 de Córdoba, constando en relación con la misma una requisitoria de búsqueda, detención e ingreso en prisión en vigor, habiéndose dictado, además, auto de rebeldía.

De otra parte, le figura una Resolución administrativa de expulsión del territorio nacional dictada por esta Subdelegación de Gobierno el 1.06.2005, sobre la base de su situación de estancia irregular en España, y finalmente, consultando el Sistema de Información Schengen aparece como extranjero no admisible en dicho ámbito, siendo el país reclamante Italia, con una prohibición de entrada en vigor hasta 19/08/2012.

A la vista de lo expuesto y valorando el informe gubernativo emitido que queda incorporado al expediente, procede denegar la autorización solicitada, en aplicación del artículo 15.1.b) del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante esta Subdelegación del Gobierno en el plazo de un mes, siendo también de un mes el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de dicha jurisdicción. En ambos casos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba 14 de diciembre de 2011.- La Jefa de la Oficina de Extranjeros, Araceli Avilés Mora.- El Secretario General Acctal., Fdo. José Manuel de Siles Pérez de Junguitu.

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