Boletín nº 20 (31-01-2012)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 635/2012

El Pleno de la Excma Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el 21 de octubre de 2009, aprobó el texto del Convenio de Colaboració entre los Ayuntamientos de la Provincia y la Excma. Diputación Provincial de Córdoba en aplicación del art. 38.4 B) de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Con fecha 9 de abril de 2010, se ha procedido a la firma del citado Convenio entre esta Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Valsequillo.

Igualmente, con fecha 19 de octubre de 2010, se ha procedido a la firma del Convenio entre esta Diputación Provincial y los Ayuntamientos de: Nueva Carteya, Cardeña, Alcaraceños, Cañete de las Torres y Fuente Palmera.

Asimismo, con fecha 1 de diciembre se ha procedido a la firma del citado Convenio entre esta Diputación Provincial y los Ayuntamientos de: Aguilar de la Frontera, Almodóvar del Río, Espejo, Obejo y Priego de Córdoba.

Para hacer efectiva la entrada en vigor del mismo y evitar la publicación unilateral por parte de cada uno de estos Ayuntamientos, vengo en Decretar la inserción en el Boletín Oficial de la Provincial, del texto íntegro del Convenio para hacer efectiva la correspondiente entrada en vigor a la que hace alusión la cláusula 8ª del Convenio, siendo el texto del convenio el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE "INSTITUCIONESNOMBRE" Y LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 38.4,b) DE LA LEY 30/1992, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN.

En Córdoba, a diecinueve de octubre de dos mil diez.

De una parte, la Iltma. Sra. Dª María Luisa Ceballos Casas, Presidenta de la Diputación Provincial de Córdoba, en virtud de autorización concedida y actuando en representación de la misma.

Y de otra parte, debidamente autorizados:

Nombre

Cargo

Ayuntamiento

Órgano y sesión

D. Pedro Ant. Barbero Arévalo

Alcalde del Ayuntamiento de

Valsequillo

Acuerdo plenario sesión ordinaria de 21 de Octubre de 2009

D. Vicente Tapia Expósito

Alcalde del Ayuntamiento de

Nueva Carteya

Acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria de 6 de mayo de 2010

D. Pablo García Justos

Alcalde del Ayuntamiento de

Cardeña

Acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria 26 noviembre 2009

D. Luciano Cabrera Gil

Alcalde del Ayuntamiento de

Alcaracejos

Acuerdo plenario adoptado en sesión ordinaria de 29 de diciembre de 2009

D. Diego Hita Borrego

Alcalde del Ayuntamiento de

Cañete Torres

Acuerdo plenario adoptado en sesión ordinaria de 27 de mayo de 2010

Dª Mª Carmen Rodríguez Bozo

Concejala de Cultura

Fuente Palmera

Decreto de Delegación de Firma de 27 de noviembre de 2009

D. Francisco Paniagua Molina

Alcalde del Ayuntamiento de

Aguilar Frontera

Acuerdo plenario adoptado sesión ordinaria de 24 de febrero de 2011

Dª Rosa Espinar Garvey

Concejal del Ayuntamiento de

Almodóvar del Río

Decreto de Delegación de Firma de 30 de noviembre de 2011

Dª Francisco Ant. Medina Raso

Alcalde del Ayuntamiento de

Espejo

Acuerdo plenario adoptado sesión extraordinaria de 5 de mayo de 2010

D. Antonio Ruiz Ruiz

1º Ten. de Alcalde del Ayuntamiento de

Obejo

Decreto de Delegación de Firma de 28 de noviembre de 2011

D. Miguel A. Serrano Carrillo

1º Ten. de Alcalde del Ayuntamiento de

Priego de Córdoba

Decreto de Delegación de Firma de 29 de noviembre de 2011

Las partes se reconocen mutuamente plena competencia y capacidad para suscribir el presente convenio de colaboración y

Manifiestan:

El artículo 38.4,b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992) establece que las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a los Órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en los Registros de cualquier Órgano administrativo que pertenezca a la Administración de alguna de las Entidades que integran la Administración Local, si en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

Avanzado en este orden de acciones, el Consejo de Ministros impulsa un nuevo modelo para las relaciones entre la ciudadanía y la Administración Pública con la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en colaboración con las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.

Dicho acuerdo, aprobado el 15 de julio de 2005, publicado mediante resolución de la Secretaría General de la Administración Pública en el BOE Nº 184, de 3 de agosto de 2005, configura una red de espacios comunes de atención al ciudadano que supondrá en un futuro el que los ciudadanos y ciudadanas puedan acceder a un acervo creciente de servicios normalizados de presentación de documentos, información y gestión con dos importantes peculiaridades:

- El conjunto de servicios a prestar

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