Boletín nº 39 (27-02-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Fuengirola (Málaga)

Nº. 8.358/2011

Siendo infructuosa la notificación del Decreto nº 1748/11, de 24 de febrero, a Urbamorpe, S.L. dictado por la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Fuengirola por el que se acuerda requerir a la mercantil para que proceda a la instalación de las islas de conformidad al art. 83 de la Modificación Puntual de Elementos del PGOU aprobada definitivamente con fecha 28/07/03.

Decreto Nº 1748/11

Dª Ana Mª Mula Redruello, Concejala de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Fuengirola, por delegación de la Alcaldía-Presidencia conferida al Decreto nº 5049/2007 de 18 de junio publicado en el B.O.P. nº 139 de Málaga, de 18 de julio de 2007, en uso de las competencias atribuidas en virtud de los arts. 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local en relación con los arts. 169 y ss de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y, visto:

Primero.- Que del informe del Servicio de Limpieza, de fecha 07/04/10, se desprende la no instalación de la isla ecológica correspondiente al edificio de viviendas sito en C/ San Salvador 27, de conformidad al artículo 83 de la Modificación Puntual de Elementos del PGOU aprobada definitivamente con fecha 28/07/2003.

Segundo.- Que como consecuencia de dicha no instalación, por los Servicios Técnicos Municipales se informó, con fecha 12/04/10, la improcedencia de la devolución del aval.

Vistos los antecedentes citados, y demás normas de general y pertinente aplicación, he tenido a bien acordar lo siguiente:

I.- Requerir a la interesada para que en el improrrogable plazo de 15 días proceda a la instalación de las islas de conformidad al artículo 83 de la Modificación Puntual de Elementos del PGOU aprobada definitivamente con fecha 28/07/2003.

II.- Advertir que en el caso de no proceder a la instalación de las mismas se procederá a la ejecución subsidiaria por parte de este Ayuntamiento, con cargo al aval depositado por la interesada, de conformidad al artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

III.- Iniciar el expediente de ejecución de aval depositado por esa entidad, que viene afecto al pago de los gastos derivados de la ejecución, a cuyo pago será aplicada dicha garantía, en su caso.

IV.- Todo ello sin perjuicio de la apertura de un trámite de audiencia de 15 días a contar desde la notificación de este Acuerdo, conforme al art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y justificantes que estime convenientes.

En Fuengirola a 1 de julio de 2011. La Concejala-Delegada de Urbanismo. (P.D. 5049/2007) Fdo. Ana Mª Mula Redruello.

Fuengirola, a 16 de septiembre de 2011.- (P.D. 5022/11). Fdo. Isabel González Estévez.

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