Boletín nº 50 (13-03-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 1.561/2012
Don Juan Carlos Sanjurjo Romero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 375/2011 a instancia de la parte actora D. Pablo Romero Fernández contra TGSS, INSS, Cimentaciones y Forjados de Cordoba S.L. y Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Activa Mutua 2008 sobre Social Ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 24 de enero de 2012, cuya parte dispositiva dice:
Fallo:
Que estimado la demanda formulada por D. Pablo Romero Fernández contra el INSS, la TGSS, Activa Mutua 2008 y Cimentaciones y Forjados de Córdoba, S.L., declaro que el actor tiene derecho a percibir, la en concepto de prestación de IT, la cantidad de 947,63 € (novecientos cuarenta y siete euros con sesenta y tres céntimos).
En consecuencia, condeno a que su pago a la empresa citada, en su calidad de responsable directo, sin perjuicio de la obligación que tiene la mutua de anticipar dicha suma al trabajador y, una vez efectuada, la posibilidad de ejercitar la acción de repetición frente a la empresa, así como para el caso de insolvencia de ésta- frente al INSS y a la TGSS, dada la responsabilidad subsidiaria de estas entidades.
Y para que sirva de notificación a la demandada Cimentaciones y Forjados de Cordoba S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 14 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial, firma ilegible.