Boletín nº 64 (02-04-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 10
Málaga

Nº. 2.136/2012

Doña Celia Martín Peñalver, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 10 de Málaga, hace saber:

Que en los Autos seguidos en este Juzgado bajo el número 217/2010, a instancia de la parte actora doña María Carmen Rodríguez Villén, contra Gafa Total Málaga, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 28 de julio de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

En Málaga, a 28 de julio de 2010.

Dada cuenta y;

Antecedentes de hecho

Primero.- Que el día 5 de octubre de 2009 se dictó Sentencia declarando la improcedencia del despido de doña María Carmen Rodríguez Villén, condenando a la empresa Gafa Total Málaga, S.L. a que, a opción de la misma, que deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de la Sentencia, readmita a la actora en el mismo puesto y con las mismas condiciones o le abone la indemnización de 2.460,26 euros y, en todo caso, le abone los salarios de tramitación.

Segundo.- Por la empresa no se ha ejercitado la opción.

Tercero.- Por la parte actora se ha solicitado la ejecución de la Sentencia.

Fundamentos de Derecho

Primero.- El artículo 278 de la L.P.L. señala que por el Juez competente se dictará Auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma.

Seguidamente, el Secretario citará a comparecencia a las partes.

Segundo.- Contra el Auto que despacha ejecución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de formular oposición en los términos previstos en el art. 556 LEC.

Vistos los artículos de general y pertinente aplicación

Acuerdo.- Despachar ejecución a favor de doña María Carmen Rodríguez Villén, contra la empresa Gafa Total Málaga, S.L.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento segundo de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Iltma. Sra. D.ª María Rosario Muñoz Enrique, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 10 de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Gafa Total Málaga, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en Estrados, salvo las que deban revestir la forma de Auto, Sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 7 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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