Boletín nº 64 (02-04-2012)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.187/2012

Por Decreto de la Sra. Presidenta de esta Diputación Provincial de Córdoba se hace público el siguiente tenor literal:

Sobre modificación del presupuesto de la actividad Elaboración del Plan de Igualdad Municipal de El Carpio, beneficiario de la asistencia económica contemplada en la Convocatoria Anual de Acción Concertada (2011).

Por parte de la mencionada Entidad Local, se ha recibido en el registro de entrada esta Diputación Provincial, con fecha 29 de febrero de 2012, la solicitud de modificación presupuestaria en los capítulos de personal y material del proyecto: Elaboración del Plan de Igualdad Municipal de El Carpio, beneficiario de la asistencia económica contemplada en la Convocatoria Anual de Acción Concertada (2011), sin que el mismo implique aumento del gasto inicialmente previsto. Siendo la modificación solicitada la que a continuación se detalla:

Beneficiario

Nº Expediente

Línea de Cooperación

Presupuesto Inicial

Modificación solicitada

Ayto. de El Carpio

C110HIG.0031

LÍNEA H: "EJECUCIÓN DE PROYECTOS MUNICIPALES DESTINADOS A PLANES DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Personal: 1.000

Material: 4.300

Total: 5.300

Subvención Diputación: 4.958,76

Personal: 2.206,30

Material: 3.093,70

Total: 5.300

Subvención Diputación: 4.958,76

Considerando lo dispuesto en el último apartado de la estipulación novena de la Ordenanza reguladora de acción concertada para la asistencia económica con las entidades locales de la provincia de córdoba (2010-2011), por el cual la Diputación Provincial podrá adaptar el Programa aprobado, asegurando la consecución real y efectiva de los objetivos propuestos, cuando de su ejecución estricta pudieran resultar efectos indeseados e imprevisibles, detectados por el intercambio informativo continuo entre cada entidad local adherida y la propia institución provincial.

Considerando el Informe de la Jefatura del Dpto. de Igualdad y Mujer de la Excma. Diputación de Córdoba, en el que se señala que el cambio en la distribución del presupuesto no supone modificación sustancial a los objetivos del proyecto, ni a los aspectos técnicos valorados.

Dispongo

Que en el uso de las atribuciones que me confiere el artículo 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, aprobado por R.D. 2.568/1986, de 28 de noviembre y en los términos previstos en el art. 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente Decreto vengo en resolver lo siguiente:

- Avocar la delegación en la Junta de Gobierno de la competencia relativa a la aprobación de la modificación del presupuesto para el expediente C110HIG.0031 de la Convocatoria de Ayudas del Programa de Acción Concertada con los Municipios de la Provincia de Córdoba (2011). La motivación de dicha avocación estriba en la necesidad de ejecutar el proyecto con la máxima urgencia, antes del 31 de marzo, según acuerdo de ampliación de plazo que fue ya aprobado por la Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2011, a petición del Ayuntamiento de El Carpio.

Por todo lo cual se aprueba la modificación de la distribución del presupuesto, sin que la misma suponga variación a la asistencia económica de la Diputación establecida en 4.958,76 euros.

Notifíquese la presente resolución al Ayuntamiento de El Carpio, dejando constancia que contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el recurso que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento. Lo que firmo electrónicamente en Córdoba y en la fecha abajo indicada.

Córdoba, 14 de marzo de 2012.- Firma electrónica de la Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.

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