Boletín nº 68 (10-04-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Jerez de la Frontera (Cádiz)

Nº. 2.278/2012

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Jerez de la Frontera, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 558/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de Mercedes Baez García contra Honos Formación SL, en la que con fecha 13.03.12 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente.

Sentencia nº 178/12

En Jerez de la Frontera a 13 de marzo de 2012.

Vistos por mi, Flora Alcázar Benot, Magistrada Sustituta de Refuerzo del Juzgado de lo Social nº 2 de Jerez de la Frontera, en juicio oral y público los presentes autos sobre reclamación de cantidad con el nº 558/09 seguidos a instancia de Dª. Mercedes Báez García, representada por el Letrado D. Francisco García Puch contra la empresa Honos Formación, S.L., que no comparece, emplazado el Fogasa, que no comparece; en nombre de S.M. el Rey y por la autoridad que el Pueblo Español me concede he pronunciado la presente sentencia en base a los siguientes

Fallo

Que estimando la demanda formulada por Dª Mercedes Báez García contra la empresa Honos Formación S.L. debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 6.861,90 euros brutos, más el incremento del 10% correspondiente en concepto de intereses por mora, aplicable exclusivamente a los conceptos salariales; todo ello, sin pronunciamiento expresa respecto de Fogasa.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frnte a ella cabe formular Recurso de Suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en éste Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco Banesto nº 1256 0000 65 0558 09 (hacienda constar en el ingreso del número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300,00 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento).

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Honos Formación S.L. cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera, a 15 de marzo de 2012.- El/La Secretario /a Judicial, firma ilegible.

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