Boletín nº 69 (11-04-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 5
Córdoba
Nº. 2.329/2012
Doña Lourdes Calles Robles, Secretaria del Juzgado de Instrucción número 5 de Cordoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas nº 237/11 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Córdoba, a 3-11-2011.
D. Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción número cinco de los de esta Capital y de su Partido Judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas 237/11, seguida por una falta de coacciones, en virtud de denuncia interpuesta por Carlos Montes Guerrero, contra Álvaro Beltrán Romero.
Que debo condenar y condeno a Álvaro Beltrán Romero como autor de una falta de coacciones prevista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal, imponiéndole la pena de 20 días multa a razón de 5 Euros cuota día multa hace un total de 100 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el art. 221 de la L.E.Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Álvaro Beltrán Romero, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 21 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.