Boletín nº 69 (11-04-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 2.332/2012

De conformidad con lo establecido en el art. 112 de la LGT, y el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notificación al interesado, sin que haya sido posible practicarla por causa no imputable a este Ayuntamiento, se publican, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los expedientes que a continuación se relacionan.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Sección de Rentas, sita en c/ Don Gonzalo, nº 2 y en el Área de Urbanismo, sita en c/ Postigos, nº 2 de Puente Genil, a efectos de practicarse las notificaciones pendientes.

Se advierte que, transcurrido el plazo señalado sin que se hubiera realizado la comparecencia, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente a su vencimiento:

CONCEPTO

EXPEDIENTE

NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

N.I.F.

DOMICILIO

LOCALIDAD

IMPORTE

Liquidación 3ª Multa Coercitiva

Legalidad Urbanística 2009/1

Puente Genil 2003, S.L.

B14654651

C/ General Chavarre (La Villa), nº 7

14900 Lucena (Córdoba)

600 €

Liquidación 5ª Multa Coercitiva

Legalidad Urbanística 2009/1

Puente Genil 2003, S.L.

B14654651

C/ General Chavarre (La Villa), nº 7

14900 Lucena (Córdoba)

600 €

Liquidación 7ª Multa Coercitiva

Legalidad Urbanística 2009/1

Puente Genil 2003, S.L.

B14654651

C/ General Chavarre (La Villa), nº 7

14900 Lucena (Córdoba)

600 €

Imposición Sanción de la 7ª Multa Coercitiva

Legalidad Urbanística 2009/1

Puente Genil 2003, S.L.

B14654651

C/ General Chavarre (La Villa), nº 7

14900 Lucena (Córdoba)

600 €

Los plazos para el ingreso de las deudas que se reclaman serán los marcados en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a contar de la fecha de inserción de dicha publicación.

Contra las liquidaciones que anteceden y según autorizan los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Jurídico; R.D. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; Disposición Adicional Quinta de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y 25 y s.s. de la Ley reguladora de la Jurisdicción-Administrativa, de 13 de julio de 1998, puede utilizar los siguientes recursos:

- Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el señor Alcalde, en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente al que le sea notificada la presente liquidación.

- Recurso Contencioso-Administrativo, que puede formular ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, o dentro del año a contar de la fecha de interposición de éste sobre él, transcurrido un mes, no hubiera recaído Resolución expresa.

- Cualquier otro recurso que considere procedente.

Quedando advertido que, como disponen los artículos 113.3 de la Ley 7/85 y 11 del Real Decreto 2244/79, de 7 de septiembre, y R.D. 2/2004 de 5 de marzo, la interposición del Recurso de Reposición no detendrá en ningún caso la acción administrativa para la cobranza, a menos que se solicite, dentro del plazo para interponer el recurso, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, a cuyo efecto será indispensable acompañar alguna de las garantías previstas en el repetido artículo 14.2, que cubra el total de la deuda tributaria.

Puente Genil a 16 de marzo de 2012.- El Alcalde, Fdo. Esteban Morales Sánchez.

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