Boletín nº 70 (12-04-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Jaén
Nº. 2.394/2012
Doña Violeta Jurado Aranda, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén, hace saber:
Que en la Ejecutoria seguida en este Juzgado al num. los autos 252/2011 a instancia de la parte actora Dª. Mercedes García Torres contra Centros Gestión Dependencia S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva contiene el tenor literal siguiente:
"Parte dispositiva
Acuerdo:
a) Declarar al ejecutado Mercedes García Torres, en situación de insolvencia total por importe de la cantidad de 713,06 euros en concepto de principal, más otros 71,30 euros en concepto de intereses moratorios, más otros 150 euros presupuestados para intereses, gastos y costas del procedimiento; insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra el presente podrán interponer recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LJS).
El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de la entidad Banesto num. 2046.0000-31-0252/11, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerdo y firmo el Dª. Violeta Jurado Aranda Secretaria del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén. Doy fe.
La Secretaria Judicial".
Y para que sirva de notificación al demandado Centros Gestión Dependencia S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 22 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.