Boletín nº 81 (27-04-2012)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
Empleo
Delegación Provincial de Córdoba
Nº. 2.733/2012
Convenio: Derivados del Cemento, Yesos y Cales
Expediente: 14/01/0004/2012
Fecha: 09/04/2012
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: Raúl Tirado Santofimia
Código de Convenio número: 14000495011981
Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 14 de marzo de 2012, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Derivados del Cemento de Córdoba, por los que, entre otros, se aprueban las tablas salariales definitivas para 2011, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.
ACUERDA
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.
Segundo.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba 16 de abril de 2012.- El Delegado Provincial de Empleo Junta Andalucía, Fdo. Antonio Fernández Ramírez.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE CÓRDOBA
Por la Representación Empresarial:
D. Bartolomé Arévalo Vaquero, D. Francisco Gordón Suárez y D. Carlos Pérez-Borbujo Álvarez.
Por la representación de los trabajadores:
Por FECOMA CC.OO.
D. Raúl Tirado Santofimia y D. Andrés Pozuelo Moya.
Por MCA U.G.T.
D. Emilio José Jiménez Silva y D. Jaime Enrique Sarmiento Díaz.
En Córdoba, siendo las 1700 horas del día 14 de marzo de 2012, se reúnen en el despacho profesional Pérez-Borbujo, sito en la C/ Blanco Belmonte, nº 4, las personas relacionadas al margen, en la representación que igualmente se indica, como miembros de la Comisión Paritaria.
La reunión tiene por objeto proceder a la aplicación de la cláusula de garantía salarial, prevista en la disposición transitoria primera del convenio para 2011.
Una vez constatado que el I.P.C real del 2011, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, ha sido del 24%, procedemos a la revisión de todos los conceptos económicos del convenio, en el 14%. Realizados los cálculos correspondientes y comprobados por las partes, acuerdan:
1º.- Aprobar la revisión salarial de los conceptos económicos con efecto del 1 de enero de 2011, que se adjuntan a este acta.
2º.- Se establece como plazo para abonar los atrasos, dentro de los 30 días naturales siguientes al de su publicación en el B.O.P.
Se delega en D. Raúl Tirado Santofimia, para que realice los trámites necesarios de forma telemática para su registro y publicación.
Sin más temas que tratar, termina la reunión siendo las 1730 horas.