Boletín nº 81 (27-04-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 2.938/2012
Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 81/2012 a instancia de la parte actora Dª. Irene Vázquez Maciá contra Asesoramiento Integral de Empresas Cordobesas S.L. y Inmo-Estudio-Reg S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 26/03/12 del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por Dª Irene Vázquez Maciá contra las empresas Inmo Estudio-Reg S.L. y Asesoramiento Integral de Empresas Cordobesas S.L. declaro Improcedente el despido de la actora, y condeno solidariamente a las empresas demandadas a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y con abono de los salarios dejados de percibir o, a elección del empresario, a que abone a la trabajadora la cantidad de 978,30 € en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, el 6 de diciembre de 2011, hasta el día de la notificación de la sentencia al empresario, a razón de 32,61 €/día, excepto los devengados entre el 6 de diciembre de 2011 y el 6 de febrero de 2012.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (Banesto cta. nº nº 1445-0000-65-0081-12, oficina principal de Jaén) y en la cuenta de recursos de suplicación de este Juzgado en la misma entidad (cuenta nº 1445-0000-67-0081-12) un depósito de 300 euros.
Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Córdoba en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado Asesoramiento Integral de Empresas Cordobesas S.L. y IinmoO-Estudio-Reg S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 19 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.