Boletín nº 89 (10-05-2012)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 2.745/2012

Resolución de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía por la que se concede autorización administrativa y aprobación de Proyecto de Ejecución de instalación eléctrica de distribución de media tensión (Expediente Nº AT 54/2011) (R.E. LIBEX 1385).

Antecedentes

Primero: Con fecha 13 de mayo de 2011, Dielenor S.L., con C.I.F.: B-14427686 y con domicilio social en Calle Cañuelo, 6 de Villanueva de Córdoba (Córdoba), solicita ante esta Delegación Provincial Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de media tensión recogida en el proyecto, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, denominado Proyecto de línea aérea de media tensión a 20 kv y Centro de Transformación tipo intemperie de 50 kva en Paraje Cortijo Las Almagreras, t.m. de Villanueva de Córdoba (Córdoba), que se tramita en esta Delegación con el número de expediente AT 54/2011 (R.E. Libex 1385) y con la finalidad de dar suministro de energía eléctrica a las fincas agrícolas-ganaderas de la zona en el término municipal de Villanueva de Córdoba (Córdoba).

Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Tercero: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1.955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el BOP de Córdoba número 150 de fecha 5 de agosto de 2011

Cuarto: Durante el periodos de información pública mencionado anteriormente, Doña Soledad Valero Valero ha presentado alegaciones al respecto, oponiéndose en base a la consideración de que la instalación proyectada da suministro a una sola finca y de que la línea en la que conecta la nueva instalación no es propiedad de Dielenor S.L. Habiéndose dado traslado de dichas alegaciones a Dielenor S.L.,vista la respuesta de dicha entidad, consultado al respecto el Departamento de Legislación de esta Delegación Provincial, considerando la nueva documentación aportada por Dielenor S.L. y consultados los antecedentes existentes en este Organismo, se constata que la instalación de la que deriva la nueva instalación proyectada es propiedad de Dielenor S.L. y que mediante dicha instalación se pretende dar suministro a dos usuarios que, según sus manifestaciones por escrito, carecen de suministro de energía eléctrica, por lo que no procede estimar las alegaciones presentadas.

Quinto: En cumplimiento de los artículos 131 y 146 del de Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, fueron notificados las administraciones, organismos y empresas de servicio publico o de servicios de interés general que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, constando en el expediente la conformidad del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba (Córdoba) de 11 de noviembre de 2011 en relación con la instalación mencionada.

Sexto: Ha sido emitido por el Jefe del Departamento de Energía de esta Delegación Provincial informe pronunciándose favorablemente sobre la solicitud de Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de media tensión presentada.

Fundamentos de Derecho

Único: Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decretos del Presidente nº 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y nº 134/2010, de 13 de abril, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como lo previsto en su artículo 2.2 y en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, propone:

Conceder Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de media tensión solicitada por Dielenor S.L., con C.I.F.: B-14427686 y con domicilio social en Calle Cañuelo, 6 de Villanueva de Córdoba (Córdoba) y recogida en el proyecto denominado Proyecto de línea aérea de media tensión a 20 kv y Centro de Transformación tipo intemperie de 50 kva en Paraje Cortijo Las Almagreras, t.m. de Villanueva de Córdoba (Córdoba), que se tramita en esta Delegación con el número de expediente AT 54/2011 (R.E. Libex 1385) y con la finalidad de dar suministro de energía eléctrica a las fincas agrícolas-ganaderas de la zona en el término municipal de Villanueva de Córdoba (Córdoba). y cuyas principales características son:

Descripción de la instalación

Nº Expediente: AT 54/2011

Peticionario: Dielenor S.L., con domicilio en C/ Cañuelo 6, 14440 Villanueva de Córdoba (Córdoba).

Finalidad de la instalación: Dotar de suministro eléctrico a las fincas agrícolas-ganaderas de la zona.

Ubicación: Paraje Cortijo las Almagreras en el término municipal de Villanueva de Córdoba (Córdoba).

Características principales:

Línea aérea de media tensión

Origen: Apoyo nº 3 de la línea aérea de media tensión denominada Paraje Góngora-Las Viñas, propiedad de Dielenor S.L.

Final: Centro de transformación proyectado.

T. Municipal: Villanueva de Córdoba (Córdoba).

Longitud: 862 m.

Tipo: Aérea.

Tensión: 20 Kv.

Frecuencia: 50 Hz.

Conductor: Desnudo de aluminio-acero, tipo LA-56.

Apoyos: 7 apoyos metálicos de celosía galvanizados.

Centro de Transformación

Denominación: Centro de transformación tipo intemperie.

Emplazamiento: En las proximidades del Cortijo las Almagreras.

T. Municipal: Villanueva de Córdoba (Córdoba).

Potencia instalada: 50 kVA.

Tensión: 20.000/400-230 V.

El titular de la instalación deberá cumplir con las condiciones que en la normativa anteriormente citada se establecen y con las especiales siguientes:

1. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. El plazo de puesta en marcha será de 18 meses contados a partir de la presente Resolución.

4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de puesta en servicio. Se adjuntará a la solicitud de puesta en servicio certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional y, en su caso, documento de cesión a empresa distribuidora.

5. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autor

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