Boletín nº 94 (17-05-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 10.980/2011 (Corrección de anuncio)

En sesión Plenaria Extraordinaria y Urgente celebrada el día 28 de marzo de 2012, se ha adoptado acuerdo de modificación de la Ordenanza Reguladora de la tasa por visita a los museos municipales, con el siguiente tenor literal:

"PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR VISITA A LOS MUSEOS MUNICIPALES

Detectado un error en la publicación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de los importes y tasas para el ejercicio 2012 publicadas en el B.O.P. Nª 10.980/2011, se propone la siguiente modificación:

Octavo.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Visitas a los Museos Municipales.

Donde dice "4.- Grupos Organizados de más de 10 personas: 1 euro/persona".

Debería decir: "4.- Grupos Organizados de más de 20 personas: 1 euro/persona".

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundico de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo, de 5 de marzo, dicho expediente será expuesto al público mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia y en el Diario Córdoba, durante el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo y se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia el texto íntegro de las imposiciones y modificaciones aprobadas.

Baena, 27 de abril de 2012.- La Alcaldesa, Fdo. Mª Jesús Serrano Jiménez.

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