Boletín nº 103 (01-06-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 7
Murcia

Nº. 3.531/2012

Doña Concepción Montesinos García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 7 de Murcia, hago saber:

Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 200/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. David Cano Cano contra la empresa Servicios Integrales de Seguridad S.A., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Auto

Magistrado-Juez Sr. D. José Manuel Bermejo Medina.- En Murcia, a 24 de mayo de 2012.

Parte dispositiva

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de conciliación celebrada en autos 1376/10 a favor de la parte ejecutante, David Cano Cano, frente a Servicios Integrales de Seguridad S.A., parte ejecutada, por importe de 1.000 euros en concepto de principal, más otros 170 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la LEC y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerdo y firma SSª. Doy fe.

El Magistrado-Juez.- La Secretaria Judicial.

Decreto

Secretario Judicial D. Fernando Cabadas Arquero.- En Murcia, a 14 de octubre de 2011.

Parte dispositiva

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- El embargo telemático de las posibles devoluciones pendientes de la Agencia Tributaria de Córdoba para asegurar la responsabilidad de la ejecutada, hasta cubrir las cantidades indicadas, librándose los necesarios despachos para su efectividad.

Líbrese nota informativa a los Servicios de Índices de los Registros de España para que informe sobre los bienes propiedad de la ejecutada.

Para el caso de pago se designa la Cuenta de Depósitos correspondiente a la UPAD Social nº 7, nº 3403-0000-64-0200-11, abierta en Banesto.

Notifíquese a las partes.

El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicios Integrales de Seguridad S.A. en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuestos de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Murcio, a 9 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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