Boletín nº 104 (04-06-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Espejo
Nº. 3.539/2012
Por D. Francisco Antonio Medina Raso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Espejo, se ha dictado la siguiente Resolución con fecha de 9 de mayo de 2012:
Vista la necesidad de elaborar un Plan de Disposición de Fondos, con la finalidad de permitir al Ayuntamiento planificar su tesorería para cumplir con las obligaciones legales hacer frente a los pagos realizados por la entidad Local.
Visto el Informe de Secretaría-Intervención de fecha 30 de abril de 2010, y el Informe de Tesorería de la misma fecha y, de conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Resuelvo:
Primero: Aprobar lo dispuesto en el Plan de Disposición de Fondos, en relación con las previsiones sobre la gestión de los fondos integrantes de la Tesorería para hacer frente a las obligaciones contraídas por este Ayuntamiento detallado en el ANEXO que se relaciona.
Segundo: Vigencia. El presente Plan de Disposición de Fondos tendrá vigencia anual y será de aplicación durante el ejercicio presupuestario correspondiente al año 2012 y se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación de uno nuevo.
Tercero: El Plan de Disposición de Fondos entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a los efectos del artículo 52 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo interponerse contra el mismo recurso contencioso-administrativo en los términos, forma y plazos previsto en la Ley Reguladora de dicha jurisdicción.
Espejo a 9 de mayo de 2012.- El Alcalde, Fdo. Francisco Antonio Medina Raso.