Boletín nº 107 (07-06-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 3.642/2012

Aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 25 de mayo de 2012, el Pliego de Condiciones Económico Administrativas y particulares que han de regir la enajenación mediante concurso de parcelas de propiedad municipal ubicadas en el Plan Parcial Sector I-5, Ampliación Llanos de Jarata, se procede a anunciar la correspondiente licitación, conforme a las siguientes Clausulas:

Primera.- Objeto.

Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento de las siguientes parcelas integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, resultantes de la cesión gratuita y libre de cargas, en correspondencia al 10% de aprovechamiento lucrativo en el Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial del Sector I-5 Ampliación Llanos de Jarata:

A) Parcela núm. 3.- Parcela de terreno edificable.

* Superficie de suelo: 825 m2.

* Frente de fachada: 15 m. fondo: 55 m.

* Linderos: Al norte con el vial B, al Sur con la parcela 16, al Oeste con la parcela 2 y al Este con la Parcela 4.

* Cuenta con todas las infraestructuras urbanas necesarias.

* El uso permitido por el Plan Parcial es el de industrial, de almacenaje, comercial de relación, de oficinas. Se prohíbe expresamente el uso residencial.

* Título: Este bien se encuentra afecto al Patrimonio Municipal del Suelo, proveniente del Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial del Sector I-5 Ampliación Llanos de Jarata.

* Libre de cargas o gravámenes.

* Inscripcion en el Registro de la Propiedad: Tomo: 926, folio: 161, finca 46.584. Inscripción 1ª.

B) Parcela núm. 4.- Parcela de terreno edificable.

* Superficie de suelo: 825 m2.

* Frente de fachada: 15 m. fondo: 55 m.

* Linderos: Al norte con el vial B, al Sur con la parcela 15, al Oeste con la parcela 3 y al Este con la Parcela 5.

* Cuenta con todas las infraestructuras urbanas necesarias.

* El uso permitido por el Plan Parcial es el de industrial, de almacenaje, comercial de relación, de oficinas. Se prohíbe expresamente el uso residencial.

* Título: Este bien se encuentra afecto al Patrimonio Municipal del Suelo, proveniente del Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial del Sector I-5 Ampliación Llanos de Jarata.

* Libre de cargas o gravámenes.

* Inscripcion en el Registro de la Propiedad: Tomo: 926, folio: 162, finca 46.585. Inscripción 1ª.

C) Parcela núm. 5.- Parcela de terreno edificable.

* Superficie de suelo: 825 m2.

* Frente de fachada: 15 m. fondo: 55 m.

* Linderos: Al norte con el vial B, al Sur con la parcela 14, al Oeste con la parcela 4 y al Este con la Parcela 6.

* Cuenta con todas las infraestructuras urbanas necesarias.

* El uso permitido por el Plan Parcial es el de industrial, de almacenaje, comercial de relación, de oficinas. Se prohíbe expresamente el uso residencial.

* Título: Este bien se encuentra afecto al Patrimonio Municipal del Suelo, proveniente del Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial del Sector I-5 Ampliación Llanos de Jarata.

* Libre de cargas o gravámenes.

* Inscripcion en el Registro de la Propiedad: Tomo: 926, folio: 163, finca 46.586. Inscripción 1ª.

Segunda.- Tipo de licitación.

El tipo de licitación al alza es el de NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CUATRO euros (94.288,54 €), más IVA, para cada una de las parcelas.

Los licitadores podrán formular una única oferta en la que podrán optar por la adjudicación de una, dos o las tres parcelas.

El precio resultante se abonará al contado con anterioridad a la formalización de la correspondiente escritura pública de venta, mediante cheque conformado por Banco o Caja de Ahorros.

Tercera.- Procedimiento de adjudicación.

Considerando que pudiera darse el caso de que hubiese algún proponente, interesado en la adjudicación de dos o tres de las parcelas que se pretenden enajenar y que por mor de la utilización como sistema de adjudicación del procedimiento de subasta, no resultara adjudicatario de las mismas y hubiese algún proponente que presentara mejor oferta por alguna de las parcelas y con ello dificultar cualquier iniciativa empresarial de mayor importancia que requiriera de la totalidad de los terrenos, se opta por que la forma de adjudicación del contrato de la enajenación sea el concurso, de tal forma que el adjudicatario, no solo sea el proponente cuya oferta económica sea más elevada, sino que se introduce un factor de corrección en función de que el mismo se interese por conseguir la totalidad de las parcelas.

Teniendo en cuenta que las tres parcelas tienen idénticas características y se encuentran adosadas entre si, los proponentes, en sus ofertas, no especificarán la parcela concreta a la que optan, reservándose el Ayuntamiento, en el momento de la adjudicación a las mejoras ofertas que se presenten, la asignación de estas parcelas, en función del resultado de las proposiciones, con el objetivo de que las parcelas adjudicadas a un proponente que opte a más de una, estén situadas de manera consecutiva.

Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía y 76.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarta.- Criterios de adjudicación.

La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma.

Los criterios objetivos para valorar la oferta son:

1.- Mejor oferta económica:

Se valorará hasta un máximo de 70 puntos, otorgándose un punto por cada 300 euros, de incremento sobre el precio de licitación.

2.- Ofertas a las parcelas:

Se valorará con 30 puntos, las propuestas de los licitadores que presenten ofertas a las tres parcelas conjuntamente.

Si tras la lectura de las ofertas económicas se produjese un empate entre las mismas, la adjudicación se efectuará por el trámite de puja a la llana, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Quinta.- Capacidad para contratar.

Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Sexta.- Pago.

El precio de total de la operación (I.V.A. incluido) será satisfecho en el momento de la firma de la escritura pública de compraventa mediante cheque conformado por Banco o Caja de Ahorros.

Séptima.- Proposiciones y documentación.

Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Montilla, c/ Puerta de Aguilar, 10, en horario de atención al público (de 900 a 1400 horas), dentro del plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las ofertas se envíen por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

Cada interesado no podrá presentar más de una oferta, cuya presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.

Las ofertas se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el interesado y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para optar a la enajenación de solare

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