Boletín nº 110 (12-06-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Rey

Nº. 3.758/2012

Resolución núm. 49/2012

Decreto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local que atribuye al Sr. Alcalde la facultad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones de su competencia y existiendo razones de índole política que hacen conveniente la delegación del ejercicio de las competencias que se citan a continuación.

Vistos entre otros, los artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre:

Por el presente he resuelto:

Primero.- Delegar en el Primer Teniente de Alcalde D. Félix Caballero Gálvez las siguientes atribuciones:

- Delegación de Obras y Urbanismo.

- Delegación de Agricultura y Ganadería.

- Delegación de Mantenimiento Local

- Delegación de Caminos

- Delegación de Servicios Sociales (Ayuda a Domicilio y personas dependientes).

Segundo.- Delegar en la Segunda Teniente de Alcalde Dª Eva María García Morilla las siguientes atribuciones:

- Delegación de Cultura.

- Delegación de Deportes.

- Delegación de Festejos.

- Delegación de Igualdad ( Mujer).

- Delegación de Protección Civil.

Tercero.- Delegar en el Tercer Teniente de Alcalde D. Andrés Morales Vázquez las siguientes atribuciones:

- Delegación de Turismo y Medio Ambiente.

- Delegación de Educación e Infancia

- Delegación de Juventud y Dinamización Juvenil.

- Delegación de Comunicación e Información

Cuarto.- Asumir el resto de delegaciones.

Quinto.- Las delegaciones comprenderán las facultades de dirección y gestión, pero no las de resolver mediante acto administrativo que afecte a terceros, si bien, Alcaldía-Presidencia deberá resolver definitivamente sobre las materias que se delegan de forma consensuada con el Concejal Delegado del área correspondiente.

Sexto.- Las Delegaciones conferidas requerirán para su eficacia, la aceptación por parte del Delegado, entendiéndose aceptada tácitamente si en el plazo de 3 días hábiles desde su notificación no se hace manifestación expresa en su contra.

Séptimo.- El Concejal Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía de la gestión de las competencias delegadas, en los términos previstos en el art. 115 del ROF.

Octavo.- Dar cuenta de las presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.

Noveno.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

En lo no previsto en esta Resolución regirá lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril y Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.

Y para que así conste lo mando y firmo, en Villanueva del Rey a 30 de mayo de 2012.- El Alcalde-Presidente, Pedro Barba Paz.

Aviso jurídico

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