Boletín nº 110 (12-06-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 3.758/2012
Resolución núm. 49/2012
Decreto
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local que atribuye al Sr. Alcalde la facultad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones de su competencia y existiendo razones de índole política que hacen conveniente la delegación del ejercicio de las competencias que se citan a continuación.
Vistos entre otros, los artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre:
Por el presente he resuelto:
Primero.- Delegar en el Primer Teniente de Alcalde D. Félix Caballero Gálvez las siguientes atribuciones:
- Delegación de Obras y Urbanismo.
- Delegación de Agricultura y Ganadería.
- Delegación de Mantenimiento Local
- Delegación de Caminos
- Delegación de Servicios Sociales (Ayuda a Domicilio y personas dependientes).
Segundo.- Delegar en la Segunda Teniente de Alcalde Dª Eva María García Morilla las siguientes atribuciones:
- Delegación de Cultura.
- Delegación de Deportes.
- Delegación de Festejos.
- Delegación de Igualdad ( Mujer).
- Delegación de Protección Civil.
Tercero.- Delegar en el Tercer Teniente de Alcalde D. Andrés Morales Vázquez las siguientes atribuciones:
- Delegación de Turismo y Medio Ambiente.
- Delegación de Educación e Infancia
- Delegación de Juventud y Dinamización Juvenil.
- Delegación de Comunicación e Información
Cuarto.- Asumir el resto de delegaciones.
Quinto.- Las delegaciones comprenderán las facultades de dirección y gestión, pero no las de resolver mediante acto administrativo que afecte a terceros, si bien, Alcaldía-Presidencia deberá resolver definitivamente sobre las materias que se delegan de forma consensuada con el Concejal Delegado del área correspondiente.
Sexto.- Las Delegaciones conferidas requerirán para su eficacia, la aceptación por parte del Delegado, entendiéndose aceptada tácitamente si en el plazo de 3 días hábiles desde su notificación no se hace manifestación expresa en su contra.
Séptimo.- El Concejal Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía de la gestión de las competencias delegadas, en los términos previstos en el art. 115 del ROF.
Octavo.- Dar cuenta de las presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.
Noveno.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.
En lo no previsto en esta Resolución regirá lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril y Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.
Y para que así conste lo mando y firmo, en Villanueva del Rey a 30 de mayo de 2012.- El Alcalde-Presidente, Pedro Barba Paz.