Boletín nº 110 (12-06-2012)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
Córdoba

Nº. 3.767/2012

Actas de liquidación

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre), hace saber a los interesados relacionados, que por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social se han practicado actas de liquidación provisionales y actas de infracción que no han podido ser comunicadas por ausencia o ignorado paradero.

Las actas estarán de manifiesto en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Avda. Conde de Vallellano, s/nº, Córdoba.

Las actas de liquidación tienen el carácter de provisionales, en los términos del artículo 31.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción dada por la disposición adicional 5ª.2 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre.

Se hace expresa advertencia de que, en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de notificación de la presente Acta, podrá formularse escrito de alegaciones ante el Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con dirección en Avda. Conde Vallellano s/n -14071- Córdoba, como órgano competente para efectuar la propuesta de resolución por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en el precepto antes citado y en el artículo 33.1 de Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (B.O.E. 3 de junio).

En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva, sin perjuicio del trámite de audiencia, que se entenderá cumplimentado en todo caso cuando en la resolución no sean tenidos en cuenta hechos distintos de los reseñados en el acta.

Los interesados podrán ingresar, durante el plazo dado para las alegaciones, el importe de la deuda figurada en el acta de liquidación provisional, justificando el pago en idéntico plazo ante el órgano señalado anteriormente. La liquidación provisional cuyo importe se haya hecho efectivo por el sujeto responsable, adquirirá el carácter de liquidación definitiva.

Nº acta Identificador sujeto responsable Nombre/razón social Domicilio Localidad Periodo de liquidación Importe

142012008007277

141000060872

Jose Enrique Cerezo Valverde

C/ Miguel Hernandez 8

Algallarín

07/20111 al 07/2011

305,05 €

142012008013442

141020428852

Miguel Soliman López Cortez

Avda. Cervantes 7

Pozoblanco

03/2011 al 05/2011

1.014,63 €

142012008014048

Josefa Polo Lorca

C/Cártago 42

Córdoba

Comunic. al Trabajador

142012008014149

Josefa Polo Lorca

C/Cártago 42

Córdoba

Comunic. al Trabajador

142012008016775

14109407509

Buda Wellness Sport S.L.

C/Gema 15

Córdoba

05/2011 al 10/2011

2.136,46 €

142012008016876

14109407509

Buda Wellness Sport S.L.

C/Gema 15

Córdoba

03/2009 al 05/2011

7.009,74 €

142012008016977

14105903381

Confiteria Serrano S.L.

C/Heredia 4

Córdoba

03/2011 al 06/2011

2.662,47 €

142012008017482

14102846366

Fancal S.L.

Ctra. Nacional IV, Km. 375

Villafranca Córdoba

01/2010 al 05/2011

16.954,10 €

142012008017583

14102846366

Fancal S.L.

Ctra. Nacional IV, Km. 375

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