Boletín nº 111 (13-06-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 3.787/2012

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Iznájar, hace saber:

Que habiendo sido infructuosas las diligencias practicadas por este Ayuntamiento para la identificación del domicilio D. Manuel Quintana Doncel, o de sus herederos, en caso de encontrarse dicha persona fallecida, que tiene la condición de interesado en el expediente de referencia 34/2010, que se tramita en este Ayuntamiento para la aprobación del Plan Parcial del Sector SUS-1-Junto a Valdearenas, del PGOU de Iznájar, se efectúa dicha notificación por medio del presente Edicto, conforme al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, adjuntando al presente edicto el acto objeto de notificación.

Fíjese el presente edicto en el Tablón de Edictos Municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia.

En relación con el procedimiento que se tramita en este Ayuntamiento para la aprobación del Plan Parcial del Sector SUS-1 del PGOU de Iznájar, por figurar Ud. como propietario de parcela catastral incluida en el ámbito de dicho Plan Parcial, por la presente se le comunica el siguiente acuerdo, aprobado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en sesión de fecha 12 de marzo de 2012, para que si lo estima conveniente, en el plazo de un mes a contar desde la presente notificación, examine dicho documento y formule las alegaciones que estime pertinentes:

6.3.- Expte. 34/2010.- Aprobación Inicial de Plan Parcial SUS-1 del PGOU de Iznájar.

Se da cuenta por la Alcaldía de la siguiente Propuesta de Alcaldía: Visto el proyecto de Plan Parcial de Ordenación del sector SUS-1, que desarrolla el Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, redactado por Arrébola y Perea S.L., en representación de los propietarios que representan más del 50% de la superficie del sector.

Visto el informe de Secretaría de fecha 9 de marzo de 2012 y los informes del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de referencias IZ (39/10) U y IZ (230/11) U, de fechas 26 de febrero de 2010 y 27 de noviembre de 2011, respectivamente.

De conformidad con el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la Resolución de Alcaldía nº 224, de fecha 16 de junio de 2011, por la que se acuerda la delegación de esta competencia en la Junta de Gobierno Local, se propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente

ACUERDO

Primero: Aprobar inicialmente el Plan Parcial de Ordenación del sector sector SUS-1 redactado por Arrebola y Perea S.L., en representación de los propietarios que representan más del 50% de la superficie del sector, en los términos que obran en el expediente, con el debido diligenciado por la Secretaría de la Entidad; debiendo procederse con carácter previo a la aprobación definitiva a la subsanación de deficiencias señaladas los informes técnico y jurídico obrantes en el expediente:

. Es necesario que los aprovechamientos correspondientes al Ayuntamiento por cesión obligatoria aparezcan por separado respecto del aprovechamiento correspondiente a los propietarios de los terrenos del sistema general adscrito para evitar confusiones.

. Deberá procederse a la modificación del Estudio Económico Financiero al objeto de introducir los costes relativos a la redacción de estudio geotécnico que garantice la inexistencia de afecciones por desprendimientos, que deberá presentarse antes de iniciar la ejecución del planeamiento en la unidad de actuación correspondiente, de acuerdo con lo previsto en la Declaración de Impacto Ambiental del PGOU de Iznájar.

Segundo: Someter el expediente y, por consiguiente, los documentos de Plan Parcial, a plazo de consultas e información pública por plazo de un mes, mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en uno de los diarios de mayor difusión provincial. Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en el despacho de Secretaría del Ayuntamiento. En dicho plazo, igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos e intereses.

Tercero: Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente. La duración de la suspensión comprende el plazo de un año. El área afectada por la suspensión es la comprendida por la superficie total de las dos Unidades de Ejecución incluidas en el sector que comprende el Plan Parcial.

Cuarto: Ordenar la interrupción del procedimiento de otorgamiento de las referidas licencias, y notificar este acuerdo personalmente a quienes tuviesen presentadas solicitudes de licencia con anterioridad a la fecha del mismo.

Quinto: Comunicar personalmente la apertura y duración del trámite de información pública a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del Plan Parcial de Ordenación. El llamamiento se realizará a cuantos figuren como propietarios en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, en exigencia de la regla 2ª del apartado 1 del art. 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Sexto: Requerir los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestoras de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos, que deberán ser emitidos en esta fase de tramitación del Plan Parcial y en los plazos que establezca la legislación sectorial correspondiente.

Sometido el asunto a votación, la Junta acuerda por unanimidad y en votación ordinaria prestar aprobación a la propuesta de la Alcaldía anteriormente transcrita.

En Iznájar a 28 de mayo de 2012.- La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. Isabel Lobato Padilla.

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