Boletín nº 115 (19-06-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 3.959/2012

El Ayuntamiento de Posadas (Córdoba), en sesión ordinaria celebrada por el Pleno el día 31 de mayo de 2012, ha acordado aprobar inicialmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales que a continuación se relacionan, como consecuencia del Plan de Ajuste aprobado por el mismo:

- Nº. 1, reguladora de las tasas por instalación de quioscos en la vía pública.

- Nº. 2, reguladora de la tasa por autorización del vertido de residuos de la construcción en el depósito municipal.

- Nº. 3, reguladora de las tasas por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

- Nº. 6, reguladora de las tasas por ocupación del subsuelo de terrenos de uso público.

- Nº. 8, reguladora de las tasas por sacas de arenas y otros materiales de construcción en terrenos públicos del territorio municipal.

- Nº. 10, reguladora de las tasas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público.

- Nº. 11, reguladora de la tasa por instalación de puestos en el Mercadillo.

- Nº. 12, reguladora de las tasas por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.

- Nº. 16, reguladora de las tasas por la prestación de los servicios de casas de baños, duchas, piscinas e instalaciones análogas.

- Nº. 19, reguladora de la tasa por expedición y reproducción de documentos municipales.

- Nº. 22, reguladora de la tasa por el Servicio de Cementerio.

- Nº. 27, reguladora de la tasa por prestación del Servicio de Cine Municipal.

- Nº. 28, reguladora de la tasa por la utilización del coche de bomberos.

- Nº. 38, reguladora de la tasa por utilización privativa del Auditorio Municipal.

Lo que se hace público para presentación de reclamaciones y sugerencias durante el plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado alguna reclamación, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, debiendo publicarse en el Boletín de la Provincia el texto íntegro de la modificación de dichas Ordenanzas, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

En Posadas (Córdoba), a 1 de junio de 2012.- El Alcalde, Fdo. Antonio J. Ortega Borja.

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