Boletín nº 126 (04-07-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 4.314/2012

Con esta misma fecha el Sr. Delegado de Urbanismo ha dictado la siguiente resolución

Decreto

Vistas la actuaciones practicadas en el expediente de referencia y,

Resultando: Que por Decreto de esta Alcaldía de fecha 23 de abril de 2012, se procedió a declarar el estado de ruina general del edificio con emplazamiento en C/ Coro nº 13 de esta localidad, con referencia catastral 2838515UG8623N001YD cuya titularidad y domicilio del propietario es dudosa, según certificación catastral, ordenando la completa rehabilitación o demolición del inmueble, con la advertencia de que de no llevarse a cabo lo ordenado en plazo, se realizaría subsidiariamente por este Ayuntamiento a su costa, ascendiendo en principio, el presupuesto de las obras de demolición de la edificación según el informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 15 de diciembre de 2011, al importe de 8.023,95 €.

Resultando: Que siendo dudosa e incierta la propiedad del inmueble de referencia se procede a publicación de la resolución mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 2.984/2012, de fecha 09/05/2012 y en el tablón municipal de anuncios desde el día 05/05/2012 hasta el día 25/05/2012, que transcurrido el plazo concedido para el cumplimiento de lo ordenado y girada visita de inspección por el vigilante municipal se comprueba por la documentación gráfica aportada con fecha 13/06/2012, que las obras no han sido ejecutadas.

Considerando: Lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, y artículos 95 y 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Alcaldía, a la vista de los antecedentes y fundamentos expuestos, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas,

Resuelvo:

Primero: Disponer la realización por ejecución subsidiaria de las obras consistentes en la demolición total de los restos existentes del inmueble, así como retirar los restos a vertedero controlado junto con los restos de hundimientos anteriores, completando la actuación con el repaso de las divisorias de los inmuebles colindantes, de manera que se de cumplimiento a la condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornato contempladas en el Plan General de Ordenación Urbana, conforme al informe técnico y presupuesto de los Servicios Técnicos Municipales emitido con fecha 15 de diciembre de 2011 bajo la dirección técnica correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo: Notifíquese la presente resolución a la propiedad, debiéndose dar traslado de la misma a los Servicios Técnicos Municipales, a la Unidad de Servicios de este Ayuntamiento para su ejecución o, en su defecto, se proceda a la contratación de las obras de forma inmediata.

Lo que se hace público en cumplimiento del art. 59 de la Ley 30/1992.

En Baena, a 13 de junio de 2012.- El Delegado de Urbanismo, p.d. Decreto Alcaldía 13/06/2011, Fdo. José Andrés García Malagón.

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