Boletín nº 129 (09-07-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Posadas
Nº. 4.462/2012
Con fecha 6 de junio de 2012, he dictado la Resolución nº. 591/2012, por la que, con objeto de acomodar las expediciones de ordenes de pago recibidas en esta tesorería a las disponibilidades de efectivo previstas en la misma, visto el informe emitido por la Sra. Técnico-Tesorera de este Ayuntamiento, y en virtud de lo dispuesto en el articulo 187 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 65 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
He resuelto
Primero.- Aprobar el Plan de Disposición de Fondos, que se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Segundo.- El Plan de Disposición de Fondos tendrá una vigencia inicial durante el año 2012. Si no quedara aprobado un nuevo Plan antes del 1 de enero de 2013, su vigencia quedará prorrogada hasta la aprobación de un nuevo plan.
Tercero.- El Plan de Disposición de Fondos entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a los efectos del artículo 52 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo interponerse contra el mismo recurso contencioso-administrativo en los términos, forma y plazos previstos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
En Posadas (Córdoba), a 27 de junio de 2012.- El Alcalde, Fdo. Antonio Jesús Ortega Borja.