Boletín nº 131 (11-07-2012)

VII. Otras Entidades

Consorcio Provincial de Desarrollo Económico
Córdoba

Nº. 4.427/2012

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación al interesado en el domicilio que obra en el expediente nº 317/2009 sobre justificación de la subvención concedida en el marco de la Convocatoria de ayudas para la contratación de jóvenes desempleados/as del Programa Activus 2009, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, mediante la publicación del presente anuncio se notifica al interesado que el Presidente del Consorcio Provincial de Desarrollo Económico, por de Decreto de 23 de mayo de 2012 ha resuelto lo siguiente:

Considerando que en virtud Decreto de la Presidencia del Consorcio Provincial de Desarrollo Económico de 30 de junio de 2009 se resolvió la concesión de una ayuda para la contratación de jóvenes desempleados dentro del Programa ACTIVUS 2009 (Boletín Oficial de la Provincia nº 20, de 3 de febrero de 2009) a la empresa Eva Joyeros S.L. por importe de 5.851,50 €, para la contratación de un Licenciado para el Proyecto denominado Ampliación de la Red Comercial, contratación de Director Comercial,

Considerando que con fecha 9 de mayo de 2010 finalizó el contrato subvencionado y que ha transcurrido el plazo de tres meses previsto en las Bases de la Convocatoria y los quince días de ampliación previstos en el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (según requerimiento de 22 de noviembre y acuse de recibo de 25 de noviembre de 2010) para la presentación de la justificación de la subvención concedida a Eva Joyeros S.L. sin que ésta se hubiera efectuado, examinado el expediente y de conformidad con el informe técnico y con el resto de documentación y a tenor de lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la Ley General de Subvenciones y los artículos 92 a 94 del Reglamento, en uso de las facultades atribuidas a la Presidencia por el artículo 13 de los Estatutos, vengo en resolver:

Primero.- Iniciar el expediente de reintegro del anticipo del 75% de la subvención concedida a la empresa Eva Joyeros S.L., por importe de 4.388,63 €, abonado con fecha 8 de octubre de 2009, para el inicio del proyecto Puesta en marcha y creación de un Departamento de estudios de licitaciones internacionales en cumplimiento de lo dispuesto en la Base 14 de la mencionada Convocatoria de ayudas dentro del Programa Activus 2011, sin perjuicio del devengo de intereses de demora, en su caso, computados desde el momento en que se produjo el pago hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.4 de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, por incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención concedida.

Para conocer el texto íntegro del acto, podrán comparecer los interesados en horario de 8.00 a 15.00 horas, de lunes a viernes, en el Departamento de Gestión Administrativa del Consorcio Provincial de Desarrollo Económico sito en Avenida del Mediterráneo s/n de Córdoba.

Segundo.- Notificar el acuerdo a la empresa Eva Joyeros S.L. concediéndole un plazo de 15 días para presentar alegaciones, documentos y justificantes que considere convenientes. Transcurrido el mismo si no ha existido respuesta a lo imputado, o las alegaciones presentadas no se consideran suficientes, se procederá a dictar la correspondiente resolución del procedimiento de reintegro.

Tercero.- Contra la presente resolución acordando el inicio del procedimiento de reintegro no cabe la interposición de ningún tipo de recurso al tratarse de un acto de trámite y no encontrarse entre los supuestos previstos en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace publico para su conocimiento y efectos.

Córdoba 20 de junio de 2012.- El Presidente, Fdo. Salvador Fuentes Lopera.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad