Boletín nº 132 (12-07-2012)

VI. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Social
Sevilla

Nº. 4.610/2012

La Sala de lo Social, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, hace saber:

Que en el Recurso de Suplicación número 2259/10AC, dimanante de los autos 653/09 seguidos por el Juzgado de lo Social Número 4 de los de Córdoba, entre las partes que a continuación se dirán, sobre Cantidad, se ha dictado por esta Sala la Resolución cuya parte Dispositiva es como sigue:

Fallamos: I.- Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por D. Vidal Castro Muñoz contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba de fecha 29 de abril de 2010 en el procedimiento seguido a instancias del recurrente frente a Federación Andaluza de Automovilismo representada por su actual presidente D. Francisco Melero Reinado en reclamación de derechos y cantidad, confirmando la sentencia recurrida en todos sus extremos.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al Libro de Sentencias de esta Sección de Sala.

Expídanse certificaciones de esta sentencia para su unión a la pieza separada o rollo de suplicación, que se archivará en este Tribunal, y a los autos principales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía de este Tribunal Superior de Justicia. Advirtiéndose de que, contra esta sentencia, cabe Recurso de Casación para Unificación de Doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Asimismo se advierte a la empresa de que si recurre, al personarse en la Sala Cuarta del Tribunal Supremo deberá presentar en su Secretaría resguardo acreditativo del depósito de seiscientos euros efectuado en la cuenta corriente número 4052 0000 30 2259 10 abierta a favor de esta Sala, en el Banco Banesto, Oficina Jardines de Murillo en Sevilla.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así por ésta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a Francisco Melero Reinado cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente en Sevilla a 26 de junio de 2012.- La Secretaria, Fdo. Ana María Jiménez Bada.

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