Boletín nº 135 (17-07-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 4.725/2012
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 231/2011, dimanante de autos núm. 121/11 en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de Higinio Cruz Porras contra Fábrica de Ataúdes Joaquín S.L., habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
ACUERDO:
a) Declarar a la ejecutada Fábrica de Ataúdes Joaquín S.L., en situación de Insolvencia Total por importe de 4.057,70 euros de principal más 243,45 euros de intereses y 405,77 euros de gastos y costas, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la
presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión
que deberá interponerse ante quien dicta la
resolución en el plazo de tres días hábiles
siguientes a la notificación de la misma con
expresión de la infracción cometida en la misma a
juicio del recurrente, art. 186 LRJS. El recurrente que no
tenga la condición de trabajador o beneficiario de
régimen público de la Seguridad Social deberá
hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el
nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo
indicar en el campo concepto, la indicación recurso
seguida del código "31 Social- Revisión". Si el
ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá
incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con
la indicación "recurso" seguida
del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare
diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un
ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros
recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de
observaciones la fecha de la resolución recurrida
utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono
en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades
Autónomas, las Entidades locales y los Organismos
Autónomos dependientes de ellos.
Y para que sirva de notificación en forma a Fábrica de Ataúdes Joaquín S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en CORDOBA, a 27 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.