Boletín nº 135 (17-07-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 4.778/2012

El Sr. Alcalde en uso de sus atribuciones ha dictado el siguiente:

Decreto 382/2012

Mediante Decreto 101/2012, de 1 de marzo (publicado en el BOP de 9 de marzo de 2012), se procedió a nombrar funcionaria interina del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, Escala de Administración General, Subescala Administrativa a doña Cristina Granados Payán con D.N.I. 48.815.322-F, concediéndole un plazo de 5 días, desde la publicación de dicho Decreto, para que tomará posesión de su cargo, advirtiéndole que en caso de no hacerlo perdería todos los derechos derivados de la superación del proceso selectivo y del referido nombramiento, salvo causa justificada discrecionalmente apreciada por el Ayuntamiento.

Resultando del expediente administrativo que doña Cristina Granados Payán no tomó posesión de su cargo sin acreditar causa que pudiera justificar dicho incumplimiento, se procedió a dictar Decreto en el que se dejaba sin efecto su nombramiento como funcionaria interina y se requería, de conformidad con la Base Séptima de las de la Convocatoria, a doña Sonia Cano Medina para que en el plazo de 5 días aportará la documentación procedente.

Habiendo aportado doña Sonia Cano Medina la documentación requerida, procede efectuar su nombramiento como funcionaria interina.

En base a lo anterior esta Alcaldía-Presidencia en uso de sus atribuciones ha resuelto dictar Decreto comprensivo de las siguientes Disposiciones:

Primera.- Nombrar funcionaria interina del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Denominación Administrativo, con los deberes y derechos inherentes a dicha condición a:

- Doña Sonia Cano Medina, con D.N.I. 44.367.995-Y.

Segunda.- Advertir expresamente a la funcionaria interina que deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de cinco días a partir de la fecha de la publicación del presente nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Si no toma posesión dentro del plazo perderá todos los derechos derivados de la superación del proceso selectivo y del presente nombramiento, salvo causa justificada discrecionalmente apreciada por el Ayuntamiento.

Tercera.- En el plazo establecido en el punto anterior el funcionario interino deberá ejercer la opción prevista en el art. 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Cuarta.-Notificar el presente acuerdo a la interesada y proceder a su publicación en el BOP de Córdoba.

En Aguilar de la Frontera a 9 de julio de 2012.- El Alcalde, Fdo. Francisco Paniagua Molina.

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