Boletín nº 138 (20-07-2012)
V. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 4.621/2012
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día21 de junio del año 2012, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo según constan en el borrador del acta aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren:
"URGENCIA H).- PROPUESTA MODIFICACIÓN ACUERDO PLENARIO SOBRE RETRIBUCIONES DE LOS PORTAVOCES ADJUNTOS DE LOS GRUPOS IU-LV-CA Y UNIÓN CORDOBESA.- También se da cuenta de una Propuesta de la Presidencia del siguiente tenor:
PROPUESTA SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES DEL PORTAVOZ ADJUNTO DEL GRUPO IU-LV-CA.
El Pleno de la Excma. Diputación provincial de Córdoba en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de julio de 2011 adoptó, entre otros, acuerdo sobre retribuciones e indemnizaciones de los Miembros de la Corporación estableciéndose en el apartado 1.1 del citado acuerdo las retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva.
De conformidad con lo establecido en el art. 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, en su actual redacción, y en el art. 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto no se opone a dicha Ley, se propone al Pleno para su aprobación, si así se estima conveniente, la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero: Modificar el acuerdo en su apartado I.1 relativo a las retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva quedando redactado el acuerdo como sigue, manteniendo inalterable el acuerdo de Pleno en el resto de apartados:
1.- DIPUTADOS Y DIPUTADAS CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA: Sus remuneraciones quedan fijadas en los siguientes importes, referidos a 12 mensualidades ordinarias y dos pagas extraordinarias del mismo importe:
Cargo |
Retribución |
Presidente |
58.121,90 € |
Vicepresidentes/as |
52.518,33 € |
Diputados/as Delegados/as y Portavoces |
47.424,57 € |
Portavoces Adjuntos |
47.424,57 € |
Diputados/as Liberados/as y Portavoz |
|
Adjunto del Grupo Unión Cordobesa |
41.310,12 € |
Segundo: Proceder a la publicación del anterior acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación en virtud de lo dispuesto en el art. 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Previa especial declaración de urgencia acordada por el Pleno, en votación ordinaria y con el voto afirmativo y unánime de los/as 25 Sres/as. Diputados/as presentes en el momento de la votación, que constituyen número superior al de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se pasa a tratar del fondo del asunto.
Finalmente el Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad acuerda aprobar la anterior propuesta y, por ende, adopta los dos acuerdos que en la misma se contienen.
Córdoba, 4 de julio de 2012.- Firmado electrónicamente: La Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.