Boletín nº 149 (06-08-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Almodóvar del Río
Nº. 5.116/2012
Anuncio de información pública
OBJETO: Resolución Proyecto de Actuación.
EMPLAZAMIENTO: Parcelas 3 y 37 del polígono 10 de Almodóvar del Río.
PROMOTOR: Explotaciones Los Arrayanes, S.L.
SOLICITUD: Implantación de Cantera El Sotillo e Instalaciones de Tratamiento.
La Junta de Gobierno local con fecha de 24 de julio de 2012 adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
Dada cuenta del expediente instruido a instancia de Explotaciones Los Arrayanes, S.L, sobre Proyecto de Actuación para la implantación de una Cantera e instalaciones El Sotillo en polígono 10, parcelas 3 y 37 (Suelo No Urbanizable) de este municipio.
Visto que en el Proyecto de actuación se acredita la concurrencia de los requisitos enunciados en el apartado primero del artículo 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Visto que se ha seguido el procedimiento previsto al respecto en el artículo 43 de la citada ley 7/2002, emitiéndose por parte del Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente la Junta de Andalucía el oportuno informe favorable incorporado al expediente.
Visto que esta Junta de Gobierno Local tiene competencia suficiente en base a delegación expresa conferida por el Pleno en sesión de 25 de febrero de 2004.
En virtud de todo lo anterior, se acuerda:
Primero.- Autorizar al promotor Explotaciones Los Arrayanes, S.L para la implantación de una Cantera e instalaciones en polígono 10, parcelas 3 y 37 de Almodóvar del Río, de acuerdo con lo contenido en el Proyecto de Actuación obrante en el expediente, y sin perjuicio de cuantas autorizaciones de otras Administraciones sean exigibles.
Segundo.- Establecer, de acuerdo con el artículo 42.5 D de la Ley 7/2002, las siguientes obligaciones de promotor:
- Todas las que figuren expresamente en el Proyecto de Actuación y Anexos o Informes obrantes en el expediente.
- Deberá asegurarse la vinculación de la superficie a la actividad prevista, del total de la parcela.
- Las correspondientes a los deberes legales derivados del régimen de la clase de Suelo No Urbanizable.
- El promotor habrá de solicitar licencia urbanística municipal en el plazo máximo de un año a partir de la fecha del presente acuerdo, de acuerdo con el artículo 42.5.D.c de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Tercero.- Que se notifique la presente al promotor interesado, dese cuenta a la Consejería competente y se inserte en el Boletín Oficial de la Provincia.
Almodóvar del Río a 30 de julio de 2012.- La Alcaldesa, Fdo. María Sierra Luque Calvillo.