Boletín nº 164 (28-08-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 5.500/2012

El Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria celebrada con fecha de 25 de junio de 2012, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias de Instalación y de Apertura o Funcionamiento de Establecimiento y Actividades, y Acceso y Ejercicio de actividades sujetas a régimen de declaración responsable o comunicación previa en Pozoblanco. Asimismo con fecha de 10 de julio de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con número 4524 el anuncio de la aprobación inicial, con fecha de 11 de julio de 2012 se insertó anuncio en el tablón de edictos de la Corporación, abriéndose el trámite de información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Transcurrido el plazo indicado y sin que se hayan formulado sugerencia el acuerdo hasta entonces provisional se eleva a definitivo, y de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo anteriormente citado y en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, se procede a la publicación de la aprobación definitiva, para general conocimiento en Pozoblanco a 17 de agosto de 2012, siendo Alcalde D. Pablo Carrillo Herrero, y con el siguiente tenor literal:

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LICENCIAS DE INSTALACIÓN Y DE APERTURA O FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO Y ACTIVIDADES, Y ACCESO Y EJERCICIO DE ACTIVIDADES SUJETAS A RÉGIMEN DE DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA.

INDICE:

Título I: DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 2: Exclusiones.

Artículo 3: Requisitos de las actividades excluidas.

Artículo 4: Definiciones.

Artículo 5: Desarrollo de las actividades.

Artículo 6: Competencia.

Título II: NORMAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO E INSPECCIÓN.

Capítulo I: Normas Generales.

Artículo 7: Iniciación.

Artículo 8: Documentación administrativa.

Artículo 9: Documentación técnica.

Artículo 10: Reiteración de las peticiones de licencia.

Artículo 11: Extinción de las licencias.

Artículo 12: Caducidad.

Capítulo II: Inspección

Artículo 13: Potestad de inspección.

Artículo 14: Exposición de los documentos acreditativos de la legalidad de la actividad.

Artículo 15: Acta de comprobación e inspección.

Artículo 16: Suspensión de la actividad.

Título III: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESPECÍFICOS.

Artículo 17: Alcance.

Capítulo I: Solicitud de consulta previa.

Artículo 18: Documentación.

Artículo 19: Tramitación.

Artículo 20: Plazo.

Artículo 21: Contestación y efectos.

Capítulo II: Comunicación previa por cambio de titularidad.

Artículo 22: Transmisibilidad de las licencias.

Artículo 23: Alcance.

Artículo 24: Documentación.

Artículo 25: Tramitación.

Capítulo III: Calificación ambiental municipal.

Artículo 26: Alcance.

Artículo 27: Procedimiento.

Artículo 28: Documentación.

Artículo 29: Información pública.

Artículo 30. Propuesta de resolución de calificación ambiental.

Artículo 31: Plazo y Órgano competente para dictar resolución.

Artículo 32: Puesta en marcha.

Capítulo IV: Licencia de instalación, licencia de apertura o funcionamiento, declaraciones responsables y comunicaciones previas.

Artículo 33: Alcance.

Sección 1: Licencia de instalación.

Artículo 34: Solicitud y documentación.

Artículo 35: Informe Técnico Municipal.

Artículo 36: Plazo.

Artículo 37: Silencio administrativo.

Sección 2: Licencia de apertura o funcionamiento.

Artículo 38: Solicitud y documentación.

Artículo 39: Informe Técnico Municipal.

Artículo 40: Plazo.

Artículo 41: Silencio administrativo.

Artículo 42: Puesta en funcionamiento parcial.

Artículo 43: Visita de comprobación.

Sección 3: Declaración responsable y comunicaciones previas.

Artículo 44: Alcance.

Artículo 45: Solicitud y documentación.

Artículo 46: Tramitación y plazo.

Artículo 47: Régimen de comunicación.

Capítulo V: Autorizaciones para el ejercicio de actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.

Artículo 48: Alcance.

Artículo 49: Solicitud y documentación.

Artículo 50: Requisitos mínimos de los espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias.

Artículo 51: Tramitación.

Artículo 52: Contenido mínimo de las autorizaciones.

Artículo 53: Otras actividades de carácter ocasional o extraordinario.

Capítulo VI: Ampliación o modificación de establecimientos.

Sección 1: Modificaciones sustanciales.

Artículo 54: Documentación.

Artículo 55: Tramitación.

Artículo 56: Modificaciones sustanciales en actividades sujetas en régimen de declaración o comunicación previa.

Sección 2: Modificaciones no sustanciales.

Artículo 57: Documentación.

Artículo 58: Tramitación.

Artículo 59: Modificaciones no sustanciales en actividades sujetas a régimen de declaración o comunicación previa.

Título IV: REGIMEN SANCIONADOR.

Artículo 60: Infracciones y sanciones.

Artículo 61: Cuadro de infracciones.

Artículo 62: Responsables de las infracciones.

Artículo 63: Otras medidas de órdenes de ejecución.

Artículo 64: Sanciones accesorias y no pecuniarias.

Artículo 65: Cuantía de las sanciones pecuniarias.

Artículo 66: Graduación de las sanciones.

Artículo 67: Prescripción.

Artículo 68: Caducidad.

Disposiciones adicionales.

Disposición transitoria.

Disposición derogatoria.

Disposiciones finales.

Anexo I: Instancia para inicio de actividad: Actividad inocua y de actividades comerciales y determinados servicios no amparados en el Real Decreto-Ley 19/2012. Declaración responsable y documentación adjunta.

Anexo II.1: Solicitud para la obtención de la resolución en materia de calificación ambiental de actividades, en régimen de autorización previa y documentación.

Anexo II.2: Instancia para inicio de actividad. Declaración responsable (calificación ambiental) y documentación.

Anexo II.3: Instancia para inicio de actividad. Declaración responsable de actividades incluidas en el anexo I del Real-Decreto Ley 19/2012, y que a su vez están incluidas en el anexo I de la Ley 7/2007, de gestión integrada de la calidad ambiental de Andalucía y documentación.

Anexo III: Instancia para inicio de actividad en régimen de autorización previa. (Espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales y extraordinarias e instalación de establecimientos eventuales) y documentación.

Anexo IV: Comunicación previa.

Anexo V: Modelo de consulta previa a la apertura de establecimientos y documentación.

Anexo VI: Comunicación previa por cambio de titularidad y documentación.

Anexo VII: Modelo de comunicación de cese de actividad.

Anexo VIII: Instancia solicitando licencia de instalación y/o apertura en régimen de autorización previa y documentación.

Anexo IX: Declaración responsable y comunicación previa para el ejercicio de actividades

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