Boletín nº 194 (09-10-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 2
Córdoba
Nº. 6.156/2012
Doña Belén Parra Heras, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 2 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas nº 353/2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En la ciudad de Córdoba, a 6 de junio de 2012.
Vistos por el Iltmo. Sr. D. Arturo Vicente Rueda, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Córdoba, los autos de Juicio de Faltas registrados con el nº 353/2012, sobre falta de lesiones; en los que ha sido partes, el Ministerio Fiscal, en representación y ejercicio de la acción pública; Azedinne Razik e Inmaculada Martínez del Pozo, como denunciantes, y José Manuel Cepas Luque, Sergio Urbano Pérez y Raquel María Mayoral Muñoz de la Espada, como denunciados.
Que debo absolver y absuelvo a José Manuel Cepas Luque, Sergio Urbano Pérez y Raquel María Mayoral Muñoz de la Espada, de las faltas de lesiones que se les imputaba, declarándose de oficio las costas causadas en esta instancia.
Líbrese certificación de esta Sentencia para unirla a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que a la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer, en el plazo de cinco días, Recurso de Apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Córdoba.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Azedinne Razik, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 18 de septiembre de 2012.- La Secretario, firma ilegible.