Boletín nº 204 (25-10-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Añora
Nº. 6.527/2012
Por medio del presente se hace saber que en la Secretaría de este Ayuntamiento se encuentra expuesto al público, por plazo de 30 días, el expediente de modificación y derogación de las siguientes Ordenanzas, aprobadas inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2012, a fin de que todas las personas interesadas puedan examinarlas y presentar las observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes:
Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de las siguientes Ordenanzas, cuyos artículos modificados figuran en el Anexo I a este acuerdo:
1. Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Actividades Económicas.
2. Ordenanza reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales de las vías públicas cuyo titular es el Ayuntamiento de Añora.
3. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización de instalaciones municipales de deporte, cultura y ocio.
4. Ordenanza reguladora del Precio Público por el servicio de fotocopiadora.
5. Ordenanza reguladora del Precio Público por la venta de publicaciones, material publicitario y de otro tipo editado por el Ayuntamiento.
6. Ordenanza reguladora del Precio Público por utilización de los edificios e instalaciones del Parque San Martín.
Segundo. Derogar la Ordenanza reguladora del Precio Público por utilización del detector de fugas y la Ordenanza reguladora del Precio Público por rodaje o arrastre de vehículos que no se encuentran gravados con el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
Si durante el plazo de información pública antes referido no se interpusieran reclamaciones, el acuerdo inicialmente aprobado será elevado a definitivo entrando en vigor tras la publicación del texto íntegro de los artículos modificados de dichas ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales.
Añora a 4 de octubre de 2012. El Alcalde, firma ilegible.