Boletín nº 205 (26-10-2012)
VIII. Anuncios de particulares
Notaría de don
Rafael Giménez Soldevilla
Córdoba
Nº. 6.406/2012
Subasta extrajudicial
Rafael Giménez Soldevilla, Notario de Córdoba, del Ilustre Colegio de Andalucía, hago constar que en esta Notaría de mi cargo se sigue Procedimiento Extrajudicial de Ejecución Hipotecaria conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y disposiciones concordantes de su Reglamento, con arreglo al cual se celebrará la subasta del bien hipotecado, con las siguientes características:
Finca:
URBANA: Parcela de terreno procedente de la Hacienda de San José de Sansueña, de esta Capital. Mide mil trescientos metros cuadrados, y linda al Norte, en línea de cincuenta y tres metros, Este, en línea de veintiséis metros, y Sur, en línea de cuarenta y siete metros, con finca de que fue segregada, y Oeste, con la calle Sansueña, en línea de veintiséis metros. Dentro de su perímetro existe construido un chalet de una sola planta compuesto de estar-comedor, cuatro dormitorios, cocina, cuarto de aseo y cuarto de baño, con una superficie edificada de doscientos cuarenta metros cuadrados aproximadamente, denominado Villa Matilde.
INSCRIPCIÓN: Tomo 1.285, libro 550, folio 152, finca número 34.162, del Registro de la Propiedad número dos de Córdoba.
REFERENCIA CATASTRAL: 2882117UG4928S0001GR.
Tipo Subasta: seiscientos dieciocho mil doscientos setenta y dos euros con noventa y cinco céntimos (618.272,95€).
Lugar: El domicilio de la Notaría, Avenida Gran Capitán, nº 29, 1º 1, de Córdoba.
Fecha: El día veinte de noviembre de dos mil doce a las once horas.
El Notario advierte especialmente: 1) Que la documentación y certificación del registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario puede consultarse en esta Notaría; 2) Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; 3) Que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes; 4) Y que la subasta se llevará a cabo conforme al artículo 12 del Real Decreto Ley 6/2012 de 9 de Marzo, por ser el bien ejecutado su vivienda habitual de los deudores.
Córdoba, a 3 de octubre de 2012. El Notario, Fdo. Rafael Giménez Soldevilla.