Boletín nº 206 (29-10-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 6.581/2012
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 584/2012 a instancia de la parte actora Dª Lucia Expósito Ortega contra Hotel Villa de Trasierra SAL sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 02/10/12 del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda formulada por doña Lucía Expósito Ortega, contra la empresa Hotel Villa de Trasierra SL, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de dos mil doscientos veinticuatro euros con quince céntimos (2.224,15 €) en concepto de principal, más 222,42€ en concepto de interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que siendo la cuantía litigiosa inferior a 3.000 euros, contra la misma no cabe recurso.
Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Hotel Villa de Trasierra SAL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 2 de octubre de 2012. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez Valdes Muñoz.