Boletín nº 208 (31-10-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 6.659/2012

D. Juan Jiménez Campos, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba), hace saber:

Que habiéndose iniciado expediente para la construcción de nuevos nichos en el Dto. Ntro. Padre Jesús del Cementerio Municipal y siendo necesario el traslado de los restos de las personas enterradas en las fosas ubicadas en la tierra de citado Departamento.

Considerando que en una serie de sepulturas se ha comprobado la existencia de restos cadavéricos y los titulares de derecho funerario o interesados legítimos sobre los mismos resultan desconocidos, y por lo tanto no han prestado autorización para la exhumación y traslado de restos existentes; y considerando que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su art. 59.5º Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar la misma, se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el Boletín Oficial del Estado de la Comunidad autónoma o de la provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.

Correspondiendo la dirección del Servicio de Cementerio a esta Alcaldía, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1.d de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo expuesto, vengo en resolver:

ÚNICO.- Conceder trámite de audiencia a los titulares de derechos e intereses legítimos afectados sobre los derechos funerarios, concediéndole plazo de un mes para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, ya que de no hacerlo en referido plazo se procedería al traslado de los restos al Osario Común.

La Rambla 9 de octubre de 2012. El Alcalde, Firma ilegible.

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