Boletín nº 209 (02-11-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 6.765/2012

El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 295/2012, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Francisca Adame López, Cristina Alegre Castell, Rafael Arriaza Castell, Josefa Arjona Moro, Encarnación Castell Llamas, Francisco Castell Llamas, Antonio Castell Jiménez, Maria José Cuesta Jiménez, Miguel Ángel García Correderas, Dolores González Díaz, Maria Antonia Hernández Rodríguez, Carlos Infantes Quero, Dolores Jiménez Pavón, Rafael López Bolance, Sabrina Mesa Palacios, Juan Carlos Monje Guerrero, Juan Manuel Moro Poley, Maria De Los Ángeles Pérez Domínguez, Manuel Rossi Mengual, Manuel Salas Hilinger, Ana Isabel Sánchez Gómez, Manuel Sánchez Rubio, Juan Santaella Barragán, Francisco Silva García y Vira Vlizlo contra Juan Manuel Moro Castell, Oleksandr Vlizlo y Sericar Hispania S.L., en la que con fecha 31-5-2012 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: S.Sª. Ilma. DIJO: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos por la cantidad de 168.704,86 euros de principal mas 16.000€ calculadas para intereses costas y gastos a instancias de Doña Francisca Adame López y otros contra Serincar Hispania S.L.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la L.E.C.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba. Doy fe.

con igual fecha se ha dictado Decreto del tenor literal siguiente: ACUERDO: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad del ejecutado en cantidad suficiente para cubrir con sus valores el importe de 168.704,86 importe del principal, mas la cantidad de 16.000€ calculadas para intereses, costas y gastos.

Requiérase a las partes para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y Organismos competentes a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.

Habiéndose iniciado los tramites par ala declaración de insolvencia de la empresa ejecutada en otro procedimiento de este Juzgado, póngase esta circunstancia en conocimiento del FOGASA a los efectos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el Art. 553 de la L.E.C., advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso Directo de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.

Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Serincar Hispania S.L. , cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 11 de octubre de 2012. El/La Secretario Judicial, firma ilegible.

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