Boletín nº 212 (07-11-2012)

VI. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Social
Sevilla

Nº. 6.852/2012

Don Manuel Varón Mora, Secretario del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sala de lo Social de Sevilla, certifico:

Que en el recurso nº 1502/2012 seguidos a instancia de Juan Domingo Navas Toledo, contra INSS, Disa Andalucía, S.L. y Fremap dimanante de los autos nº 1486/08 del Juzgado de lo Social nº 4 de Córdoba se ha dictado la siguiente resolución, cuyo tenor literal de la parte que interesa es el siguiente.

Fallamos

Anulamos la sentencia dictada en los autos número 1486/08 por el Juzgado de lo Social número cuatro de Córdoba, promovidos por Don Juan Domingo Navas Toledo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 61 y la empresa Disa Andalucía, S.L. y retrotraemos las actuaciones al momento anterior a dictar sentencia para que por la Magistrada de instancia se dicte otra, con libertad de criterio, recogiendo en hechos probados los datos a que se refiere el fundamento jurídico de esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. Sr. Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra esta sentencia, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo Social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en forma a Disa Andalucía S.L. por desconocerse su actual domicilio y paradero expido el presente.

En Sevilla a 11 de octubre de 2012.- El Secretario de la Sala, firma ilegible.

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