Boletín nº 213 (08-11-2012)

VIII. Anuncios de particulares

Notaría de don Fernando Garí Munsuri
Córdoba

Nº. 6.861/2012

Anuncio de Subasta

Yo, Fernando Garí Munsuri, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Córdoba, hace saber:

Que en mi Notaría, sita en Córdoba, Avenida del Gran Capitán, 1-1º-B, se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana: Vivienda situada en la planta 2ª, a la derecha subiendo la escalera, del portal nº 3, de la Avenida de Jesús Rescatado, integrante del conjunto de viviendas y locales comerciales, situado entre la calle Puerta de Plasencia, Avenida de Jesús Rescatado y calle Poeta Francisco Arévalo, de Córdoba. Se compone de hall de entrada, comedor-estar con terraza a su fachada, cuatro dormitorios dobles, cocina desde la que se accede a una terraza-lavadero-tendedero, y cuarto de baño compuesto de bañera, inodoro, lavado y bidet. Tiene una superficie total construida de 80,29 metros. Le pertenece como anejo inseparable el trastero señalado con el nº 3, situado en la planta baja del portal en el que se ubica la vivienda, a la que se le asignó una cuota de comunidad del 1,284%; inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Córdoba, al tomo 2.067, libro 952, folio 157, finca número 69.688

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría, el día 11 de diciembre de 2012, a las 10,30 horas; caso de llegarse a licitación entre el dueño y al acreedor, se señala para el día 20 de diciembre de 2012, a las 10,30 horas.

El tipo que servirá de base para la subasta es el de ciento ochenta y dos mil cincuenta y ocho euros con cuarenta y un céntimos (182.058,41 €).

La subasta se efectuará en la forma en que determina el art. 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible con el mismo por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

Advertencias: La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría en horario de oficina. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. De existir cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. En la subasta desde el anuncio hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañado justificante de depósito previo.

Consignaciones: Salvo el acreedor, todos los demás postores deberán consignar previamente en esta Notaría el 30 por 100 del tipo.

Córdoba, a 22 de octubre de 2012.- El Notario, firma ilegible.

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