Boletín nº 216 (13-11-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Baena
Nº. 6.926/2012
De conformidad con lo establecido en el artículo 177.2 en relación con el 169.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 32/2004, de 5 de marzo, ha quedado definitivamente aprobado el expediente núm. 3 de modificación de créditos, mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios dentro del Presupuesto Municipal del ejercicio 2012, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, se inserta en el Boletín Oficial de la Provincia, resumido por capítulos.
A) Empleos (Aumentos)
Capitulo |
Denominación |
Importe |
I |
Gastos del Personal |
57.773,96 |
II |
Gastos en Bienes corrientes y de Servicios |
69.450,74 |
III |
Gastos Financieros |
133.268,52 |
IV |
Transferencias Corrientes |
44.573,63 |
VI |
Inversiones Reales |
102.949,47 |
VII |
Transferencias de Capital |
400,00 |
IX |
Pasivos Financieros |
3.500,00 |
AUMENTOS |
411.916,32 |
B) Recursos (Financiación):
Previsión de Ingresos |
47.778,25 |
Bajas Aplicaciones Presupuestarias |
|
Capitulo I.- Gastos Personal |
230.076,67 |
Capitulo II.- Gastos en bienes corrientes y de servicios |
50.061,40 |
Capitulo IV.- Transferencias Corrientes |
84.000,00 |
Totales recursos (Financiación) |
411.916,32 |
De acuerdo con lo establecido en el articulo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contra la aprobación definitiva podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Baena, 16 de octubre 2012.- La Alcaldesa, firma ilegible.