Boletín nº 220 (19-11-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 6.913/2012
El Alcalde de esta ciudad, hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:
1º.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Cabra, en el ámbito del art. 7.2.1.A) de las Normas Urbanísticas, conforme a la redacción propuesta por el Sr. Arquitecto Municipal en informe de 23 de noviembre de 2011.
2º.- Remitir la documentación completa de la Modificación Puntual al Registro Autonómico y al Registro Municipal para su depósito e inscripción.
3º.- Previo depósito e inscripción en el Registro Autonómico y Municipal, el Acuerdo de aprobación definitiva, así como el contenido del articulado de sus Normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
El artículo modificado es el que se contiene en el Anexo al presente Edicto.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cabra, 17 de octubre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Fernando Priego Chacón.- Por mandato de S.Sª.: La Secretaria Acctal., Fdo. Ascensión Molina Jurado.
ANEXO
Título VII. Normas básicas de edificación, usos del suelo y urbanización
Capítulo I. Disposiciones generales
.../...
Artículo 7.2 (P) Tipos de Obras de Edificación
1. A los efectos de la aplicación de las condiciones generales y particulares reguladas en las presentes Normas, se establecen los siguientes tipos de obras de edificación:
A) Obras tendentes a la buena conservación del patrimonio edificado. Son aquellas que afectan a los elementos identificados como Elemento de interés en las correspondientes fichas del Catálogo, cuya finalidad es conservar o restituir mediante su restauración, los valores históricos y arquitectónicos de dichos elementos y del resto de los elementos constructivos del edificio con los que se relacionan directamente.
Sobre el resto de las construcciones restringido al caso de edificios que sean equipamiento público- que no se identifican como elementos de valor en la ficha, podrán realizarse modificaciones que puedan alterar la configuración general, la estructura arquitectónica y la distribución del edificio, siempre manteniendo los elementos de valor y las características esenciales del mismo.
Entre las obras tendentes a la buena conservación del patrimonio edificado, podemos distinguir las siguientes:
a) Obras de conservación y mantenimiento: Son obras menores cuya finalidad es mantener el edificio en correctas condiciones de salubridad y ornato, sin alterar su estructura portante, ni su estructura arquitectónica, así como tampoco su distribución. Se incluyen en este tipo, entre otras análogas, el cuidado y afianzamiento de cornisas y volados, la limpieza o reposición de canalones y bajantes, los revocos de fachada, la pintura, la reparación de cubierta y el saneamiento de conducciones.
b) Obras de consolidación: Son obras de carácter estructural que tienen por objeto el afianzamiento, refuerzo o sustitución de elementos dañados de la estructura portante del edificio; pueden oscilar entre la reproducción literal de los elementos dañados preexistentes hasta su permuta por otros que atiendan únicamente a la estabilidad del inmueble y realizados con tecnología más actualizada.
c) Obras de acondicionamiento: Son obras que tienen por objeto mejorar o transformar las condiciones de habitabilidad de un edificio o de una parte del mismo. Se incluyen en este tipo de obras de sustitución de instalaciones antiguas y la incorporación de nuevos sistemas de instalaciones.
d) Obras de restauración: Son obras que tienen por objeto la restitución de los valores históricos y arquitectónicos de un edificio existente o de parte del mismo, reproduciéndose con absoluta fidelidad la estructura portante, la estructura arquitectónica, las fachadas exteriores e interiores y los elementos ornamentales, cuando se utilicen partes originales de los mismos y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales o partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento las adiciones deberán ser reconocibles y evitar las confusiones miméticas.
.../...
Cabra, 17 de octubre de 2012.- El Alcalde, Fdo. Fernando Priego Chacón.