Boletín nº 222 (21-11-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 7.239/2012
Mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 30 de octubre de 2012 se aprueba la convocatoria pública anual de subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo del Tercer Mundo, cuyo texto es del siguiente tenor:
Dada cuenta que por acuerdo de Pleno, en sesión celebrada el 27 de mayo de 2008, se aprobaron las Bases para la concesión de Subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo del Tercer Mundo.
Resultando que en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, núm. 132, de fecha 16 de julio de 2008, se publicó el texto integro de las citadas Bases.
En uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21 de la vigente Ley reguladora de las Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril, modificado por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, por la presente,
He resuelto:
Primero.- Aprobar la convocatoria pública anual con la finalidad de proceder a la apertura del plazo de presentación de solicitudes de subvenciones objeto de las Bases anteriormente mencionadas.
Segundo.- Las solicitudes de subvenciones que se presenten al amparo de esta convocatoria deberán reunir los requisitos que con carácter general se especifican en las Bases y en las que igualmente se recoge la documentación que se ha de acompañar, Base 4ª, y Anexo incorporado a las mismas, Formulario de Solicitud de Subvención para Proyectos de Cooperación al Desarrollo. El texto de las Bases se pueden consultar en la página web del Ayuntamiento de Pozoblanco, www.pozoblanco.es, en la sección Ayuntamiento, Ordenanzas y Reglamentos.
Tercero.- La concesión de subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo del Tercer Mundo se hará con cargo a la partida presupuestaria número 360.2313.482.00.
Cuarto.- El plazo para presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, y Tablón de Edictos de la Corporación, y el lugar de presentación de las mismas será el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, sito en calle Cronista Sepúlveda, núm. 2, en horario de 800 a 1500 horas, de lunes a viernes.
Quinto.- Los proyectos presentados serán evaluados por la Comisión Informativa de Bienestar Social.
Sexto.- Los criterios de valoración de solicitudes serán los que se establecen en la Base 7ª de las citadas Bases.
Séptimo.- Dar cuenta de la presente Resolución la Concejal Delegada de Bienestar Social, a la Intervención de Fondos y al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que éste celebre.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pozoblanco a 31 de octubre de 2012.- Firmado electrónicamente: El Alcalde, Pablo Carrillo Herrero.