Boletín nº 226 (27-11-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3
Posadas

Nº. 6.868/2012

Doña Paula García Rodríguez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Tres de Posadas (Córdoba), hago público por el presente:

Que en este Juzgado se siguen autos de Expediente de Dominio bajo el número 1003/2010, a instancia de Juan Espejo Carvajal y Joaquina Aguilar Poley, representado por el Procurador Sr. Antonio de la Rosa Pareja, sobre Exceso de Cabida de la siguiente finca:

Finca Registral Urbana Nº 690-N Inscrita en el Registro de la Propiedad de Posadas al Tomo 833, Libro 152, Folio 15.

Casa Habitación situada en la Plaza de la Iglesia señalada con el número siete de la Villa de La Carlota. Mide doscientos cuarenta metros cuadrados, según título y según el Catastro mide doscientos noventa y ocho metros cuadrados y una superficie construida de cuatrocientos once metros cuadrados, distribuida en distintas dependencias.

Linda: Por la derecha entrando, con la número cinco, de don Joaquín Aguilar Sánchez, hoy la casa número siete duplicado de la misma plaza y con la casa número cinco de la calle Blas Infante de doña Antonia Palma Torres; por la izquierda, con el número nueve de don Bonifacio Martínez, hoy casa número nueve de la misma plaza y con la casa número diez de la misma plaza de doña Claudia Natera Soto; y por la espalda, con la calle de la Estación y con la referida casa número cinco de don Joaquín Aguilar Sánchez, hoy la casa número cinco de la calle Blas Infante, de doña Antonia Palma Torres.

En los cuales y por resolución de esta fecha se ha admitido a trámite el escrito promoviendo dicho expediente, al haberse cumplido los requisitos legales, habiéndose acordado citar a cuántas personas ignoradas pudiera perjudicar la inscripción solicitada, por medio del presente, a fin de que en el plazo de diez días, puedan comparecer ante este Juzgado para alegar lo que a su derecho convenga.

Dado en Posadas a 11 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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