Boletín nº 228 (29-11-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Alcaracejos
Nº. 7.493/2012
Anuncio de aprobación provisional
El Pleno del Ayuntamiento de Alcaracejos, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de noviembre de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación e imposición de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa
- Por Cementerio Municipal.
- Por Utilización Privativa o Aprovechamientos Especiales de las Vías Públicas cuyo titular es el Ayuntamiento de Alcaracejos.
- Por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública.
- Por la Utilización de la Piscina y demás Instalaciones Deportivas Municipales.
- Por Asistencias y Estancias en Hogares y Residencias de Ancianos, Guarderías Infantiles, Albergues y otros Establecimientos de Naturaleza Análoga.
- Por Visitas a Museos, Exposiciones, Bibliotecas, u otros Centros o Lugares Análogos y la Ordenanza reguladora de la Tasa por la Celebración de Bodas Civiles.
Y la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales reguladora de Precios Públicos:
- Por el Servicio de Caseta Municipal y Merendero Público, Piscina.
- Por Entrada y Visita al Salón Recreativo-Cultural Infantil de Alcaracejos.
- Por Fotocopiadora e Impresión.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Alcaracejos, a 7 de noviembre de 2012.- El Alcalde-Presidente, Fdo. Luciano Cabrera Gil.